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Capítulo IV. La prevención de riesgos laborales en el teletrabajo<br />

263 <br />

edificio dedicado a la vida familiar o particular, evitando el ac<strong>ces</strong>o de terceras<br />

personas ajenas al trabajo y el riesgo de accidentes de trabajo 1253 .<br />

A ello debemos añadir que unos de los principales problemas del teletrabajo<br />

es la escasa separación entre la vida laboral y familiar, aspecto que se observa en<br />

mayor medida en el colectivo femenino, y además algunos teletrabajadores deben<br />

estar conectados 24 horas al día. En estos casos, es ne<strong>ces</strong>ario el establecimiento<br />

en el domicilio de espacios separados dedicados exclusivamente al teletrabajo;<br />

ayudas económicas (antes referenciadas); <strong>investigacion</strong>es destinadas a analizar el<br />

lugar de teletrabajo y la familia; y por último, en los contratos laborales se debe<br />

alcanzar un equilibrio entre la privacidad y la ac<strong>ces</strong>ibilidad al lugar de trabajo 1254 .<br />

En este último caso son frecuentes los acuerdos de teletrabajo que contemplan la<br />

posibilidad de que el trabajador preste su consentimiento para que el empresario,<br />

técnicos o representantes de los trabajadores accedan al domicilio para hacer<br />

efectivo el cumplimiento de sus obligaciones en materia preventiva 1255 . En todo<br />

caso, el teletrabajo se presenta como una modalidad de trabajo que tiene carácter<br />

reversible, lo cual indica que el teletrabajo es voluntario pero sólo si no es parte de<br />

la descripción inicial del puesto de trabajo, por acuerdo individual y/o colectivo.<br />

Es decir, el teletrabajador puede retornar a las instalaciones del empleador bien a<br />

solicitud de éste o a petición propia, según las modalidades que se establezcan en<br />

el acuerdo individual y/o colectivo 1256 .<br />

Por último, otro aspecto que debemos reseñar está relacionado con<br />

la distribución del tiempo de trabajo aunque, por regla general, la flexibilidad<br />

del horario tenga sus connotaciones positivas en la salud del trabajador 1257 . En<br />

este sentido, las directivas comunitarias y la legislación no cubren los aspectos<br />

psicosociales de las distintas modalidades de teletrabajo, y en la práctica, como<br />

hemos visto en el capítulo del tiempo de trabajo, los teletrabajadores se someten<br />

de la vivienda con una cantidad a tanto alzado cuando fuera ne<strong>ces</strong>ario. El suministro del mobiliario también en la empresa<br />

Gesellschaft für automatische Datenverarbeitung (GAD), Münster, que introdujo el teletrabajo en 1982 (http://www.<br />

telework-mirti.org); o, en general, facilitando las medidas ergonómicas suficientes, art. 59 del CC del sector de la Mediación<br />

de Seguros Privados (BOE 8 de junio 2006, núm. 136).<br />

1253<br />

MELLA MÉNDEZ, Lourdes, “Notas sobre la prevención de riesgos laborales”, obra cit., p. 1034; GONZÁLEZ<br />

MOLINA, Mª Dolores; LÓPEZ AHUMADA, José Eduardo, “El teletrabajo y la privacidad del trabajador”, en AAVV, La<br />

descentralización productiva y nuevas formas de organización del trabajo, obra cit., p. 935.<br />

1254<br />

Según las líneas de actuación propuestas, en DE ANDRÉS GILS, Juan José; OLANO OCÁRIZ, Manuel; LETE<br />

MURUGARREN, Ana, Perspectiva internacional del teletrabajo. Nuevas formas de trabajo en la sociedad de la<br />

información, obra cit., p. 96.<br />

1255<br />

Por ejemplo, en España el Acuerdo de Implantación de Teletrabajo en Telefónica España, S.A.U. (14/02/2006) se<br />

contempla que “queda expresamente autorizada Telefónica de España para que los técnicos y/o delegados de prevención<br />

pueda acceder al domicilio antes señalado para las comprobaciones que estime oportunas, previa notificación al interesado<br />

con 48 horas de antelación al menos y autorización del teletrabajador”, con respeto a la inviolabilidad del domicilio y la<br />

observancia de las comunicaciones legales oportunas.<br />

1256<br />

Acuerdo Marco Europeo 2002. Por ejemplo, la preferencia o prioridad para ocupar un puesto vacante o de nueva<br />

creación en los locales de la empresa, en THIBAULT ARANDA, Javier; JURADO SEGOVIA, Ángel, “Algunas consideraciones<br />

en torno al Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo”, obra cit., p. 52. Sobre la reversibilidad pactada en CC, art. 10 bis<br />

del CC de la Industria Química (BOE 2 de agosto 2004, núm. 189). En el Acuerdo implantación teletrabajo de la empresa<br />

Telefónica de España, S.A.U. (14/02/2006), el carácter reversible se aplica durante los dos primeros meses. Transcurrido<br />

ese período el trabajador se somete a teletrabajar hasta transcurrido un año de la firma del Acuerdo Individual, que podrá<br />

ser prorrogado. En el momento de cada prórroga anual se recupera la reversibilidad durante los dos meses siguientes.<br />

1257<br />

En este mismo sentido, PÉREZ PÉREZ, Manuel, “Derecho del trabajo y nuevos sistemas tecnológicos”, en obra cit., p. 248.

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