10.11.2014 Views

1_2159_coleccion_premio_investigacion_ces

1_2159_coleccion_premio_investigacion_ces

1_2159_coleccion_premio_investigacion_ces

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

186<br />

El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />

el empresario con total independencia del ordenador central en la empresa, sin<br />

sujeción a jornada ni horario. Esto implica que en el establecimiento de un horario<br />

libre en el «calendario laboral» que no sobrepase el número de horas anuales de<br />

trabajo “son los propios trabajadores quienes compensarán las horas trabajadas<br />

en un día con otras, sin que por la propia naturaleza de su actividad pueda el<br />

empresario controlar aquélla” 836 . Finalizada la actividad, el teletrabajador entrega<br />

personalmente, (discos flexibles o impreso) o por correo electrónico, el resultado<br />

de la tarea realizada para su control por el empresario 837 . Esta modalidad permite<br />

al teletrabajador la plena organización de la jornada y descansos de trabajo, y<br />

elegir a qué horas desea trabajar, por cuanto tiempo y cuando va interrumpir su<br />

actividad. En definitiva, el sistema de gestión no queda supeditado a los modos y<br />

duración del trabajo 838 .<br />

En nuestra opinión, esta libertad absoluta de gestión del tiempo de trabajo<br />

admite graduación, porque las partes que inicialmente no tengan ningún tipo de<br />

conexión o de comunicación interactiva con la empresa o la tengan reducida a<br />

la comunicación teletrabajador-empresa (por ejemplo, conexión one way line),<br />

pueden pactar una interactividad en un determinado momento o intervalo de<br />

tiempo para que el empresario controle el tiempo de trabajo (como por ejemplo,<br />

conexión informática en ciertas franjas horarias, exigencia de horas de localización,<br />

presencia del teletrabajador en el centro de trabajo o en el telecentro durante un<br />

mínimo de horas o la asistencia a reuniones a fin de planificar o supervisar el<br />

trabajo, obligación de comunicar el inicio y el fin del trabajo prestado, etc.) 839 . En<br />

estos casos, la plena libertad de gestión del tiempo de trabajo que corresponde al<br />

teletrabajador se limita cuando éste así lo acuerde con el empresario.<br />

Esta modalidad de teletrabajo se suele pactar con el empresario que está<br />

más interesado en la obtención del resultado o de los objetivos, atendiendo a<br />

las características y el modo de la prestación de la actividad que se contrata,<br />

más que al control del tiempo y de la actividad laboral 840 . El tiempo deja de<br />

ser el objeto principal de la obligación del trabajador que “de obligación de<br />

medios, se transforma en obligación de resultados”, por ejemplo, en trabajos<br />

especializados 841 . Para el teletrabajador que realizada la prestación de servicios<br />

desconectado de la empresa total o parcialmente (conexión one way line), el<br />

836<br />

STS 18 de mayo de 1994 (RJ 1994/4214).<br />

837<br />

MELLA MÉNDEZ, Lourdes, “Sobre una nueva manera de trabajar: el teletrabajo”, obra cit., p. 45.<br />

838<br />

DI MARTINO, Vittorio; WIRTH, Linda (1990), “Teletrabajo: Un nuevo modo de trabajo y vida”, obra cit., p. 485.<br />

839<br />

ESCUDERO RODRÍGUEZ, Ricardo, “El teletrabajo”, obra cit., pp. 824 y 825. En MELLA MÉNDEZ, Lourdes, “Sobre<br />

una nueva manera de trabajar: el teletrabajo”, obra cit. 45, la modalidad “one way line” que permite el desarrollo de la<br />

prestación de trabajo sin el control constante del empresario con el que se comunica cuando lo desee el teletrabajador;<br />

también “on line o interactiva” realizada durante una parte de la jornada, y la restante a través de las modalidades “off<br />

line” o “one way line”, según se pacte por las partes.<br />

840<br />

Al respecto, la Directiva 93/104/CE reformada por la Directiva 2003/88/CE contempla un abanico de excepciones a la<br />

regulación del tiempo de trabajo (art. 18), que se podrán establecer mediante convenios colectivos o acuerdos colectivos<br />

nacionales o regionales.<br />

841<br />

En SUPIOT, Alain, Trabajo y empleo. Las transformaciones del trabajo y futuro del Derecho del Trabajo en Europa,<br />

Tirant lo Blanch, Valencia; p. 134; en parecidos términos THIBAULT ARANDA, Javier, El teletrabajo: análisis jurídic-laboral,<br />

obra cit., p. 82.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!