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234<br />

El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />

habitual de trabajo 1111 . Por ejemplo, desde el domicilio a la empresa u otro<br />

lugar (trabajo a domicilio) para asistir a reuniones, cuando objetivamente<br />

exista ne<strong>ces</strong>idad de incurrir en ellos y se acredite debidamente 1112 . En este<br />

caso, el teletrabajador recibirá los gastos de viaje originados con motivo del<br />

desempeño de su actividad para acudir desde el domicilio al centro de trabajo.<br />

Y los gastos de locomoción para compensarle los gastos de desplazamiento<br />

de un lugar a otro, con motivo del contrato de trabajo, para sufragar el costo<br />

de los medios utilizados, mediante vehículo propio o ajeno de acuerdo con lo<br />

estipulado en el convenio colectivo o contrato de trabajo. Incluso las dietas<br />

cuando el teletrabajador no pueda realizar las comidas principales y pernoctar<br />

en su domicilio o residencia habitual diariamente 1113 .<br />

En el teletrabajo también cabe el denominado plus de distancia o de<br />

transporte, que son cantidades “que se abonan al trabajador en compensación<br />

de los gastos, perjuicios y tiempo invertido en los desplazamientos que se<br />

ve precisado a realizar desde su residencia hasta el centro de trabajo” 1114 .<br />

Estas cantidades son diferentes porque el plus de transporte compensa gastos<br />

ordinarios por el desplazamiento desde el domicilio del trabajador hasta el<br />

centro habitual de trabajo; y el plus de distancia compensa el tiempo empleado<br />

ordinariamente en desplazarse hasta el lugar de trabajo, especialmente<br />

alejado de la residencia habitual, que justifica la pérdida patrimonial por<br />

razón del trabajo y el tiempo en acceder al lugar de trabajo 1115 . En general,<br />

estos pluses, característicos del teletrabajo móvil, se extienden también<br />

a otras modalidades de teletrabajo (domicilio/ telecentro) cuando surge la<br />

circunstancia que les da origen, como los desplazamientos desde el domicilio<br />

del trabajador al profesional (telecentro), o desde el domicilio al centro de<br />

trabajo para reuniones periódicas o ocasionales de la empresa 1116 .<br />

3.2.5.3. Gastos en medidas de protección de prevención de riesgos laborales<br />

Los gastos derivados de las medidas de protección en materia preventiva son<br />

a cargo de la empresa (art. 14.5 LPRL) 1117 , como por ejemplo los dispositivos<br />

1111<br />

Entre otras, SSTS 10 de mayo 2004 (RJ 2004/4714), 10 de noviembre 1989 (RJ 1989/7939).<br />

1112<br />

MATORRAS DÍAS-CANEJA, Ana, Las percepciones extrasalariales (Estudio del régimen laboral, fiscal y de seguridad<br />

social), obra cit., pp. 113 y 114; THIBAULT ARANDA, Javier, El teletrabajo: análisis jurídico-laboral, obra cit., p. 120. Por<br />

ejemplo, el contemplado en el Acuerdo Econsult Manager Consultant en los casos de teletrabajo compartido donde se<br />

cubren los gastos de transporte entre la vivienda y el puesto de trabajo en los casos de teletrabajo compartido.<br />

1113<br />

En este sentido, IGLESIAS CABERO, Manuel, “El complemento extrasalarial de las indemnizaciones o suplidos”, en DE<br />

LA VILLA GIL, Luis Enrique, Estudios del salario, obra cit., pp. 595 y 605.<br />

1114<br />

IGLESIAS CABERO, Manuel, “El complemento extrasalarial de las indemnizaciones o suplidos”, en AAVV, Estudios del<br />

salario, obra cit., p. 600.<br />

1115<br />

En este sentido, MATORRAS DÍAS-CANEJA, Ana, Las percepciones extrasalariales (Estudio del régimen laboral, fiscal<br />

y de seguridad social), obra cit., p. 97. Es un plus que no puede quedar vinculado a la categoría profesional como si fuera<br />

salario, en MUÑOZ RUIZ, Belén, “Las percepciones extrasalariales en la negociación colectiva”, obra cit., p. 475.<br />

1116<br />

SELLAS I BENVINGUT, Ramón, El régimen jurídico del teletrabajo en España, obra cit., p. 146; ORTIZ CHAPARRO,<br />

Francisco, El teletrabajo. Una nueva sociedad laboral en la era de de la tecnología, obra cit., p. 103.<br />

1117<br />

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (BOE 10 de noviembre 1995). En este sentido,<br />

IGARTUA MIRÓ, Mª Teresa, Compendio de prevención de riesgos laborales, Laborum, Murcia, 2004, p. 98.

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