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230<br />

El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />

para a continuación en el apartado 2 establecer que no tienen la consideración de<br />

salario las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnizaciones<br />

o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral,<br />

las prestaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones correspondientes<br />

a traslados, suspensiones o despidos 1088 . Esto quiere decir que nos encontramos<br />

entre dos conceptos que se complementan, si bien es cierto que, “la enumeración<br />

contenida en el apartado 2 se ha de considerar abierta” 1089 .<br />

En este sentido, no sólo cabe considerar como extrasalariales las<br />

percepciones económicas que se incluyan en algunos de los tipos mencionados<br />

en el art. 26.2 ET, sino también “aquellas ventajas, valuables económicamente”<br />

atribuidas por el empresario al trabajador, “en razón de una causa cierta” y ajena<br />

a la prestación de trabajo 1090 . Estas percepciones, que no se encuentran incluidas<br />

entre las citadas en el art. 26.2 ET, van a ser objeto de mayores dificultades en<br />

cuanto a su naturaleza jurídica, porque en muchos de los casos se aplicará la<br />

presunción iuris tantum del carácter salarial de las percepciones económicas del<br />

trabajador 1091 . Por lo tanto, en este caso debemos prestar atención para que,<br />

al menos, se reconozca la naturaleza híbrida de la percepción cuando “exista<br />

una notoria desproporción entre asignaciones dinerarias que supuestamente<br />

constituyen en su integridad suplidos por gastos y los desembolsos efectuados<br />

realmente por el trabajador”, porque entendemos que en estos casos el ex<strong>ces</strong>o de<br />

lo pagado tendría la consideración de salario como, por ejemplo, el complemento<br />

de teletrabajo establecido en la empresa BP OIL, España, S.A. 1092 . Todo ello<br />

cuando la empresa no ofrezca los gastos asociados al teletrabajo en el caso de que<br />

no haya eliminado o excluido de la nómina o de los beneficios de los trabajadores<br />

participantes algunos conceptos o pluses, por no ser de aplicación en los programas<br />

de teletrabajo (por ejemplo, plus de transporte, ticket de restaurante, etc.) 1093 .<br />

como integrantes de la base de cotización conforme al Reglamento de Cotización; o como en relación con su consideración<br />

a los efectos del IRPF, in extenso, MATORRAS DÍAZ-CANEJA, Ana, Las percepciones extrasalariales (Estudio del régimen<br />

laboral, fiscal y de seguridad social aplicada), McGrawHill, Madrid, 1999.<br />

1088<br />

Las indemnizaciones hacen referencia al gasto producido y los suplidos a un abono compensatorio a tanto alzado<br />

(útiles o prendas de trabajo, dietas y gastos de locomoción, quebranto de moneda, pluses de distancia y transporte,<br />

material informático o fungible aportado por el trabajador, llamadas telefónicas, etc.), en SEMPERE NAVARRO, Antonio<br />

V., “Perfil general del salario (un comentario al artículo 26 ET), AS, 2004-V, p. 341; GARCÍA MURCIA, Joaquín, “Concepto<br />

y estructura del salario. (En torno al artículo 26)”, obra cit., p. 621.<br />

1089<br />

SEMPERE NAVARRO, Antonio V., “Perfil general del salario (un comentario al artículo 26 ET)”, AS, 2004-V, p. 341. En<br />

contra, la jurisprudencia ha considerado que se trata de una “lista cerrada” SSTS 26 de junio 1995 (JUR 1995/5227), 1 abril<br />

de 1996 (JUR 1996/2969), 3 de mayo 1996 (JUR 1996/4372); también MONEREO PÉREZ, José Luis (Dir.), La negociación<br />

colectiva en las medianas y grandes empresas: el pro<strong>ces</strong>o de adaptación al cambio estructural, obra cit., p. 322.<br />

1090<br />

MATORRAS DÍAS-CANEJA, Ana, Las percepciones extrasalariales. (Estudio del régimen laboral, fiscal y de seguridad<br />

social aplicada), obra cit., p. 78.<br />

1091<br />

En este sentido, GARCÍA MURCIA, Joaquín “Concepto y estructura del salario. (En torno al artículo 26)”, obra cit., p.<br />

620. El carácter extrasalarial no depende de la denominación que le den las partes, sino de que, efectivamente, obedezca<br />

a la razón de indemnización o suplido por los gastos, entre otras, STS 25 de mayo 1992 (RJ 1992/3598). Sobre la prueba<br />

de la existencia del carácter salarial, entre otras, SSTS 25 de octubre 1988 (RJ 1988/ 8152), 27 de febrero 1998 (RJ<br />

1988/2543), 17 de abril 1998 (RJ 1998/ 3064), 24 de mayo 1999 (RJ 1999/5598).<br />

1092<br />

En este sentido, MATORRAS DÍAS-CANEJA, Ana, Las percepciones extrasalariales (Estudio del régimen laboral, fiscal<br />

y de seguridad social), obra cit., p. 81. En relación con los casos dudosos del carácter extrasalarial, GÁRATE CASTRO,<br />

Javier; CABEZA PEREIRO, Jaime; La negociación colectiva en el sector de las telecomunicaciones, obra. cit., 116.<br />

1093<br />

Estudio realizado en 16 grandes empresas que teletrabajan en Tecnologías de la Información y en Telecomunicaciones,<br />

véase SÁNCHEZ, Elena (dir.), Prácticas de Trabajo Virtual y Teletrabajo en el sector TIC en España. Informe 2008, Enter,<br />

Madrid, 2009, p. 10.

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