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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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y sobre la reparación a los procesados que luego fuesen declarados<br />

inocentes 'O3. Valazé publicó en 1784 un "Proyecto de Código Ceneral",<br />

que, aunque privado, puede ser considerado el primer intento<br />

cdicador francés, en el que. se observan importantes rasgos de la<br />

futura codificación, tal como la distinción entre pecado y delito y la<br />

consiguiente demanda de afectación de .bienes jurídicos ajenos, traducida<br />

por la desincriminación del suicidio, la pederastia y la sodomía<br />

'O4. Proponía la suplantación de la pena de muerte por la de<br />

relegación. Entendía que la relegación y la confiscación eran las<br />

formas "naturales" de reemplazar a la pena de muerte, puesto que<br />

ésta se imponía bajo la idea de que el hombre había dejado de ser<br />

miembro de la sociedad por haber violado el contrato y vuelto al<br />

estado de naturaleza. <strong>De</strong> allí que esta suerte de pérdida de la paz<br />

podía traducirse en deportación y confiscación, lo que tenía la ventaja<br />

de que quizá pudiese formar otra sociedad en algún apartado<br />

rincón del mundo 205. QuizA e1 penalista francés ilustrado, contradictor<br />

de Beccaria, pero que propugnaba profundas reformas en la<br />

legislación penal, con más sólidos argumentos, fue Vermeil 'OG.<br />

En Vermeil predominaba una filiación bastante próxima a Montesquieu.<br />

Se ocupaba de destacar ia necesidad de secularizar al derecho,<br />

penal, destacando el oscurantismo y la superstición en que se debatía<br />

la cruel legislación de su tiempo. Refiriéndose a la inquisición española<br />

decía que "España erige un tribunal de sangre, confunde la causa<br />

de Dios con la del orden social, se ocupa menos de los crímenes del<br />

hombre contra el hombre que de los crímenes del hombre contra Dios".<br />

Repite la idea de Blackstone de que con la imposición indiscriminada<br />

de la muerte para numerosus delitos de diferente gravedad se confunde<br />

a la moral pública y justifíca la pena de muerte con argumenb~<br />

que pretende extraer de la justicia y de la utilidad, pero limitándola<br />

por la necesidad. Observaba que era contrario al interés del estado que<br />

éste se prive de numerosos hombres que pueden ser útiles en trabajos<br />

de bien público. <strong>De</strong>stacaba que el extremo rigor de !as leyes conduce<br />

LACRETELLE, PIERRE LOm, Discows sur le préjugb des peines infumantes,<br />

couronne's á IAcademie de Metz. Lethe sur la rdparaiion qui seroil<br />

due aux accusés jugds innocens. VhJertation sw le Ministke Public. Rkflf[en~<br />

sur la réforme de h iwtice ctimindle, París, Cuchet, 1784, 371 pp.<br />

204 No hemos dispuesto del original francbs. Tornarnos los datos de la<br />

traducción alemana de KARL ~ L P H CASAR, Uber die Strafge~ettze oder<br />

Entwurf zu efnem dgemeinen Stmfkoder, aus a!em Franzijsischen der Herm<br />

wn Volazk übersezt und mit einigen Anwrklaigen und Zusatzen begleitet<br />

uon.. ., Leipzig, 1786, pp. 130-5.<br />

fdem, pp. 238-286.<br />

20c, Essai sur les idformes a faire dam notre légishtion crimine~le, par<br />

M. Venneil, Aoocat au Parlament de Paris, París, 1781.

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