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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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Si a la verdad no se llega por la razón, sino por un camino emocional,<br />

desde el gran debate escolástico hasta hoy hay quienes, declarando<br />

la incompatibilidad entre ambos caminos, se lanzaron irrefrenablemente<br />

por el camino de la razón o por el de la fe. En la<br />

perspectiva de los siglos, vemos romo los racionalistas siguieron la<br />

razón, Kierkegaard siguió a Dios, y Nietzsche se quedó sin Dios<br />

y sin razbn. Duns Escoto no llegó tan lejos. sino que se limitó a<br />

01)sen-arle a Santo Tomás que se había lanzado demasiado por el<br />

tainino de la razón.<br />

Fue Kierkegaard en el siglo pasado quien extremó el planteo de<br />

l)uns Escoto. Duns Escoto "rio se atrevió a admitir que Dios pudiera<br />

11aet.r que lo que ha sido no fuera, así como no se atrevió a poner en<br />

&da el principio de contradicción. Estaba convencido de que aquí comienza<br />

el dominio de ias verdades increadas. independientes de todo,<br />

y de que. por consiguiente, .aquí nos vemos obligados a reconocer lo^<br />

Iímites de todo poder divino. Pero ante los horrores que se abatieron sobre<br />

Kierkegaard. esas verdades también se tambalearon: para Dios todo<br />

es posible; Dios puede hacer que lo que ha sido m fuera; Dios se halla<br />

pvr encima del principio de contradicción. Está por encima de todae<br />

las leyes" IS1.<br />

Esta ilimitación de la voluntad divina barre con la razón y entronca<br />

con la idea judía de la divinidad, defendida en el cristianismo,<br />

antes que por Duns Eseoto. por San Pedro Damián, y luego, más<br />

abiertamente extremada por Guillermo de Ockham. Abraham alzando<br />

su cuchillo s o b Isaac, y los judíos llevándose los bienes de los egipcios.<br />

son cuestiones que preocuparon enormemente a la escolástica medieval<br />

y que reverdecerá Kierkegaard muchos siglos después.<br />

La consecuencia más directa que tiene el pensamiento escotista<br />

en el ampo jurídico-~enaI, es que hace tambalear todo límite a la<br />

actividad del legislador. Cuando Dios es liberado de las ataduras<br />

de la razón, porque el bien y el mal dependen de su voluntad y<br />

no de la razón, se tiende el puente para que el homfbre quede libre<br />

de cualquier limitación impuesta por la razón y el bien y el mal<br />

pasen a depender 5610 de la autoridad.<br />

Cuando Duns Escoto afirma que lo eterno no es la ley sino<br />

el legislador aisla todo el ámbito de lo ético del ámbito del ser,<br />

Y ya su derecho natural no puede fundarse en el ser del hombre<br />

ni en ninguna ontología. Su derecho natural "se funda en un orden<br />

'O1 CHES~V, op. cit., 253-4.<br />

'02 V. WELXEL, Natuwecht, p. 75.

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