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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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Hace más de medio siglo que <strong>De</strong> Ruggiero distinguía entre un<br />

liberalismo "partidario" y un liberalismo "supra-partidario". En el<br />

primero incluía a todo el que aceptase la idea del Estado "liberal",<br />

sea conservador, moderado, democrático y hasta socialista (siempre<br />

que el socialismo operase dentro de aquel cuadro) l. A partir<br />

de esta interesante observación, podemos distinguir los dos cmcep<br />

tos totalmente diferentes que yacen confundidos en la expresión<br />

'liberalismo": a) el 'liberalismo" entendido como sinónimo del<br />

Estado de derecho; y b) el liberalismo como una particular mncepción<br />

política que reduce al mínimo la ingerencia del Estado en<br />

todos los órdenes de la vida social, particularmente en el económico<br />

(el "Estado gendarme").<br />

"Estado de derecho" y "Estado gendarme" son dos concepciones<br />

del Estado que, quien las confunda, nunca llegará a ver claramente<br />

quC sucede en nuestra ciencia, ni el porqué de nuestros<br />

esfuerzos, y, quizá, tampoco el sentido de nuestra existencia y particularmente<br />

el de la suya propia. El "Estado de derecho" sólo puede<br />

ser un ''Estado so& & derecho", que debe realizar el derecho íntegramecte,<br />

como garantía, pero no como garantía de un Ambito<br />

abstracto de libertad política, sino como garantía de que el hombre<br />

dispondrh de ,lo que le sea necesario -material y espiritualmente,<br />

lo que presupone la libertad política- para su realización en coexistencia,<br />

en sociedad (que bien entendida no es otra cosa que el<br />

fenómeno mismo de la coexistencia). En este sentido, el "Estado<br />

gendarme" llega a ser ~610 una de las tantas formas de negar el Estado<br />

de derecho, convirtiéndose a la 'larga en una frustración patológica<br />

del Estado de derecho.<br />

El vocablo 'liberalismo" y sus derivados, privado de aclaración,<br />

es indeseable, porque encierra una dualidad contradictoria: abarca<br />

al Estado da derecho y a una de sus negaciones (por supuesto que<br />

no a la única). <strong>De</strong> allí que no sirva para la comunicación auténtica<br />

cuando no se lo precisa, porque usado a secas es inhábil para "mostrar"<br />

-que es a lo que la ciencia aspira- sino para "encubrir",<br />

para "ocultar", siendo precisamente el encubrimiento y el ocultamiento<br />

lo que la ciencia debe vencer. <strong>De</strong> allí que la expresión<br />

liberalismo y sus derivados deba emplearse con las debidas aclaraciones<br />

en la ciencia política y la expresión "derecho penal liberal"<br />

tWbién en la ciencia jurídico-penal, porque de lo conkxrio<br />

preferible dejar de usarlas.<br />

Cfr. GARXN, EUGE~IO. en el ~refacio a <strong>De</strong> RUGGIERO, Storia del liberdisnw<br />

europeo, Milano, 1971, p. XX<strong>II</strong>I.

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