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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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itos escolásticos. Rivarola hizo su teoría penal sin exponer previa-<br />

~nerite un sistema filosófico ni precisar acabadamente sus puntos de<br />

partida. No obstante, es bueno apuntar que afirma que toda la exposición<br />

está sometida a la crítica filosófica, que "limita la precipitación<br />

de las teorías ~ientíficas"~70.<br />

En nuestro país, fue sin duda Rivarola la voz del criticismo penal<br />

más autorizada.<br />

Rivarola no fue propiamente un filósofo, puesto que su formación<br />

y sus trabajos más importantes fueron jurídicos. NO obstante,<br />

fue el penalista argentino de su tiempo con mayor versación filosófica.<br />

Cuando ocupó su cátedra filosófica en 1896, al fundarse la<br />

Facultad, con él no se agregó una nueva voz al coro positivista<br />

de la época, sino que, pese a la importancia que otorgaba a Spencer,<br />

muestra un equilibrio prudente considerando el ambiente intelectual<br />

en que debía actuar '¡l. Cuando en 1904 elevó su programa<br />

para la cátedra de ética y metafísica, cobraba mayor relieve la<br />

teoría kantiana y en el breve programa que para la misma cátedra<br />

eleva en 1907, ya se puede advertir que otorga una amplia<br />

prevalencia al estudia de las teorías kantianas '73. <strong>De</strong> este modo,<br />

evitó no sólo que la cátedra de filosofía cayese en manos positivisths,<br />

sino que lo lo& en plena euforia positivista. Con razón se ha<br />

dicho que "en el fondo, era el espiritu kantiano que penetraba así<br />

en las aulas de la nueva Facultad, pero despojado de la audacia<br />

creadora que infundió a la época del idealismo alemán. Era un<br />

Kant a la defensiva, una especie de coraza kantiana para parar los<br />

golpes del positivismo" 274.<br />

Esta feliz circunstancia no se limitó sólo al ámbito de los orígenes<br />

de nuestra filosofía académica, sino que Rivarola extendió<br />

su benéfico efecto a su obra jurídica y, en gran medida, habida<br />

cuenta de que fue una de las voces más. decisivas en la larga gestación<br />

de nuestro código, a nuestra misma ley penal.<br />

270 RIVAROLA, op. cit., p. 78.<br />

271 V. el Discurso inaugural, en Escritos filosóficos. cit., p. 7.<br />

"2 fdem, p. 26.<br />

273 fdem, p. 35.<br />

274 JOSÉ LUIS GUERRERO, en "Palnbrcis preliniinares" a los Ectito~ filo-<br />

.tdficos, cit., p. X<strong>II</strong>I.

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