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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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EI. ROMANT~CISMO PENAL 259<br />

superan el plano exegético, lo que frecuentemente no acontece en<br />

Manzini.<br />

En el trabajo de Rocco sobre los bienes jurídicos 344 lo que<br />

queda claro es que Rocco era un dogmático sin mayores preocupaciones<br />

por los problemas filosóficos. Rocco no negó la importancia<br />

de la filosofía para el derecho penal, sino que consideró que la<br />

filosofía no es derecho y viceversa, en lo que no vemoi nada objetable<br />

mientras no se quiera tomar la afirmación en el sentido de<br />

que nada tienen que ver entre sí. Algo parecido sostuvo también<br />

respecto de la política, que sagazmente llama "política penal". La<br />

autonomía de la política y de la filosofía penales respecto del derecho<br />

pena! nos parece cosa incuestionable, pero muy diferente es<br />

pretender que el derecho penal puede aislarse y prescindir de ellas.<br />

Eso no 30 pretendió en definitiva Rocco, aunque no valoró adecuadamente<br />

sus relaciones 345.<br />

No es verdad que Rocco se haya cerrado el camino científico<br />

con su método, como lo pretende Maggiore porque más aislado<br />

aún de la filosofía y de la política pretendió hallarse Manzini, y<br />

nadie puede afirmar que ello le haya llevado a interrumpir una<br />

producción harto voluminosa. Otra cuestión -ella cierta- es que<br />

la aversión a lo filosófico les privó' de una coherencia constructiva<br />

sólida. Manzini cayó directamente en una fobia respecto de todo<br />

lo que fuese filosofía, que rayaba ya en el absurdo.<br />

La incoherencia de Rocco en su interpretación de la ley positiva<br />

la pone de manifiesto Nuvolone, quien dice al respecto: "Rocco parecía<br />

optar unas veces por el método lógico-formal, en lugar, otras, lo hacía<br />

por el método teleológico. Pero, a través de la impostación del método<br />

teleológico se proponía un problema de fuentes, porque, postulando I I ~ ~<br />

fin externo a la norma (sólo así el método teleológico tiene un sentido),<br />

automáticamente se debía reconocer que el objeto de la ciencia jurídicopenal<br />

no era sólo la ley positiva, sino también un complejo de presupuestos<br />

que a la misma daban tambiGn su completo significado histórico<br />

347.<br />

344 ROCCO, ARTCTRO, L'oggetto del reato e della tutela giuridica penale,<br />

Torino. 1913.<br />

142 Una expmición del tecnicismo ,jundito italiano en STAMPA BRAUN.<br />

TosÉ MAR~A, Introducción a la ciencia del derecho penal, Valladolid, 1953.<br />

Sohre Rocco, DE MARSICO, ALFREDO, <strong>Penal</strong>isti italiani, Napoli, 1960, pp. 63<br />

Y SS.<br />

?'WAGGIORE,<br />

GIUSEPPE, Arturo Rocco y el método técnico-jurídico, Bs.<br />

As, 1961.<br />

347 NWOLONE, PIETRO. Brevi note mctodologiclie in tema si scienze del<br />

dintto penale, en Trant'anni.. . , Padova, 1969, 1, p. 208.

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