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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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actividad, que fue la de magistrado, en que alcanzó altos cargos,<br />

llegando a sa Procurador del Reino. Colaboró con Ferri en el<br />

proyecto de 1921 y se había incorporado tempranamente a la Escuela<br />

Positivista, habiendo sido presentado a Lombroso por Femi,<br />

alrededor de 1880. Aportó a ella el concepto de "temibilita", luego<br />

cambiado por "pendosita". Su obra fue más extensa le', pero eI<br />

trabajo de mayor envergadura fue su Criminología 'O2, donde sistematizó<br />

su pensamiento. A diferencia de Ferri, que fue durante<br />

toda su vida socialista y que, en sus Últimos años creía que le tributaba<br />

un reconocimiento final un gobierno popular y democrático,<br />

Garofalo fue un aristócrata, un noble que lució toda su vida su<br />

título de barbn con orgullo.<br />

Veremos luego que no tiene sentido hablar de una "escuela<br />

!lásica" y que es dudoso que pueda hablarse de una "escuela posiivista"<br />

en sentido estricto, toda vez que entre los positivistas pueden<br />

~bservarse diferencias profundas. Hasta aquí podemos notar ya las<br />

liferencias que separaban a Fem de Lombroso, pero aún más se<br />

qara -ahora de ambos- el pensarniento de Garofalo. Éste representa<br />

el rasgo jusnaturalista de la escuela, recubierto de un manto<br />

de aparente pragrnatismo -tan común al positivismo- proclamando<br />

su alejamiento de todo contenido metafísico, pero harto cercano<br />

al idealismo más extremo.<br />

El pensamiento de Garofalo se nos revela como harto tenebroso<br />

desde el prólogo mismo de su CfimindogM, que nos da la pauta<br />

general del mismo: nos coloca frente a una heterogeneidad irredudible<br />

de elementos argumentales esgrimidos como recursos<br />

teóricos.<br />

En principio, parece que Garofalo pretende que la sociedad se<br />

defiende contra sus "enemigos naturales", es decir, contra los delincuentes,<br />

y no contra el delito lg3, y proclama que la ciencia<br />

penal IJO tiene otro objeto más que la defensa contra los "enemigos<br />

naturales de la sociedad". Alza su protesta, pues, contra lo que<br />

califica de "indulgencia de los magistrados", que "no es más que<br />

el triunfo de la lógica", conseguido "a expensas de la seguridad y<br />

<strong>De</strong>l resto es importante, Di un criterio poJitioo &Un pe~litd, Napoli,<br />

1880.<br />

'92 CAROFALO, Criminologia, Studio su1 delitto, S& sue cause e<br />

nbezzi di repressione, Torino, 1885 (trad. castellano de DORADO MONTERO:<br />

La rrimindogía, Estudio sobre el delffo y sobre la te& de la represión, Madrid,<br />

s. f. (las citas son de la traducción).<br />

'93 Criminologío, pp. 7, 11, .14 y 15.

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