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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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en 1790 y con el nombre del autor, fue editado en Francia. <strong>De</strong>sde<br />

1782 hasta 1788, la vida de Marat se desarrolló en medio de senas<br />

dificultades, perdiendo incluso todo trabajo estable. Su participación<br />

pública en la Revolución desde 1789 hasta su muerte, a manos<br />

de Charlotte Corday, el 13 de julio de 1793, es suficientemente conocida,<br />

por pertenecer a la historia de la humanidad.<br />

El Phn de Marat no es una obra técnica, puesto que su autor<br />

carecía de tal formación. Fundamentalmente, se trata de una obra<br />

política, salida de la pluma de un revolucionario. <strong>De</strong>sde el prefpcío,<br />

Marat afirma el carácter político de su obra, al sostener que las<br />

leyes criminales están necesariamente ligadas al sistema político, la<br />

que hace que un mismo código pueda no convenir a todas las naciones,<br />

por lo cual su "memoria" se limita a una exposición del "espíritu<br />

de las leyes criminales" R9"". Se extiende en consideraciones<br />

sobre el estado deplorable de la legislación penal y no pronostica un<br />

cambio rápido de la misma.<br />

En la primera parte trata "<strong>De</strong> los principios fundamentales de<br />

una buena legislación", donde afirma que el orden no puede basarse<br />

en nada distinto a una convención, pero, lamentablemente, s61a<br />

comprueba la existencia de injusticias y desigualdades. "Nacemos<br />

sometidos a independientes -dice- en la opulencia o en la miseria,.<br />

en la oscuridad o en la elevación, y pese a la movilidad de las cosas<br />

humanas, no hay sino un pequeñísimo número de individuos que<br />

salen del estado donde se hallaban ubicados por su nacimiento, e<br />

incluso los que salen, raramente lo hacen por otros medios que nosean<br />

la intriga, la bajeza, el fraude o la suerte". Advierte, por consiguiente,<br />

que el crimen es violación de una ley, pero de una ley<br />

justa, y afirma rotundamente que "para ser justa, las leyes de la<br />

sociedad no deben ir nunca contra las de la naturaleza, las primeras<br />

de todas las leyes", para lo cual deben tender al bien general, sin.<br />

excluir a parte alguna de la nación, lo que las convertiría en leyes<br />

"parciales".<br />

"Haced abstracción de toda clase de violencia -agrega luego--<br />

y vereis que el únicu> fundamento legislativo de la sociedad es el<br />

bienestar de los que la componen. Los hombres no se han reunid@<br />

69bia MARAT, J. P., Plan de. Iégisiution criminelle (con notas e introdiicci6n<br />

de Daniel Hamiche), París, 1974. Hay una traducción alemana: Plan einer.<br />

Craminalgesatzgebung, Berlín, 1955; sobre MARAT, LOH~SANN, FRIEDFU~, Jean.<br />

Paul Marat und das Strafrecht in der franrijsischen Reuolution, Bonn, 1963;<br />

hay un estudio en ruso sobre "La teoría jwídícc+penal de J. P. Marat", Moscú,<br />

1956, de ALEKSEI ADOLFOVIC GERCEKMN.

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