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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo II

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324 TmRú DE LA CIENCIA DEL DERECHO PENAL<br />

172. La critica disyuntiva de Bettiol. El Profesor de Padua,<br />

Giuseppe Bettiol, parte de la afirmación de que la negación de la<br />

retribución es la negación del derecho penal mismo, afirmando que<br />

la defensa social es una "teoría socialista del derecho penal". Bettiol<br />

formula una crítica a esta teoría desde el ángulo católico, fincando<br />

especialmente su ataque contra el concepto de peligrosidad<br />

para lo que parece afirmarse en un libre albedrío casi absoluto: "El<br />

acto de voluntad -dice- en tanto que es un acto libre, no puede<br />

justificar un juicio de previsión sobre su advenimiento o sobre su<br />

repetición, porque ello, individualmente considerado, no es previsihle<br />

y es irrepetible en las formas y modalidades a través de las que<br />

se ha realizad8 13'.<br />

Imputar a la "nouvelle defense sociale" una concepción antropológica<br />

socialista nos parece poco claro, porque hoy nadie puede<br />

decir a ciencia cierta qué es el socialismo. Al margen de ello, si<br />

bien es cierto que la conducta humana individual y concreta no es<br />

predecible con certeza ninguna, no es menos cierto que es susceptible<br />

de un cierto juicio de probabilidad que se rcaliza conforme a<br />

reglas que son de carácter análogo a las que fundan la pedagogía<br />

en general. Negar esta posibilidad valorable como probabilidad y<br />

restar cualquier valor a la misma, equivale a sostener poco menos que<br />

una absoluta libertad del hombre y, como consecuencia, importa<br />

el naufragrio del principio de identidad y, con él, de todo criterio<br />

fundamentador de la culpabilidad y de la respoiisabilidad penal.<br />

Al concederle al hombre un margen de libertad tan absoluto, \e<br />

le concede también la posibilidad de rehacer por completo, de iin<br />

instante para otro, lo que impide responsahilizarlc, puesto que no<br />

puede responsabilizarse a una persona por el hecho de otra diferente.<br />

Afirma Bettiol que "defensa social, peligrosidad, medidas de seguridad,<br />

resocialización, son expresiones menos hostiles que retribución,<br />

culpabilidad, pena, enmienda, pero son la expresión verbal de<br />

una concepción del hombre, de la vida, de la historia, contraria a la<br />

concepción y a la visión cristiana" 132. Respecto de la defensa social,<br />

no nos cabe duda que es un concepto de origen organicista, evolucionista,<br />

en o,u fondo cruel. que desconoce originariamente la caridad y<br />

la concepción cristiana, siempre que con él se quiera decir algo dis-<br />

BETTIOL, C;IL'.\L<strong>II</strong>I,E. Stdla "nuoc;a difesa sociale" considerata da un<br />

~)trt~to cli cista cattoltc

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