08.08.2015 Views

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

testar: las personas cuya presencia es necesaria seránunas mismas desde el principio hasta el fin; y el actoserá continuo, o sólo interrumpido en los brevesintervalos que algún accidente lo exigiere.No serán necesarias otras solemnidades que éstas, ylas que en los artículos siguientes se expresan.Art. 1033. El testamento verbal será presenciadopor tres testigos a lo menos.Art. 1034. En el testamento verbal el testador hacede viva voz sus declaraciones y disposiciones, de maneraque todos le vean, le oigan y entiendan.Art. 1035. El testamento verbal no tendrá lugarsino en los casos de peligro tan inminente de la vidadel testador, que parezca no haber modo o tiempo deotorgar testamento solemne.Art. 1036. El testamento verbal no tendrá valoralguno si el testador falleciere después de los treintadías subsiguientes al otorgamiento; o si habiendofallecido antes, no se hubiere puesto por escrito eltestamento, con las formalidades que van a expresarse,dentro de los treinta días subsiguientes al de lamuerte.Art. 1037. Para poner el testamento verbal por L. 18.776escrito, el juez de letras del territorio jurisdiccional Art. séptimoen que se hubiere otorgado, a instancia de cualquiera Nº 20, letra a)persona que pueda tener interés en la sucesión, y concitación de los demás interesados residentes en la mismajurisdicción, tomará declaraciones juradas a losindividuos que lo presenciaron como testigosinstrumentales y a todas las otras personas cuyotestimonio le pareciere conducente a esclarecer lospuntos siguientes:1. El nombre, apellido y domicilio del testador, ellugar de su nacimiento, la nación a que pertenecía, suedad, y las circunstancias que hicieron creer que su vidase hallaba en peligro inminente;2. El nombre y apellido de los testigosinstrumentales y la comuna en que moran; L. 18.7763. El lugar, día, mes y año del otorgamiento. Art. séptimo,Nº 20, letra b)Art. 1038. Los testigos instrumentales depondránsobre los puntos siguientes:1. Si el testador aparecía estar en su sano juicio;2. Si manifestó la intención de testar ante ellos;3. Sus declaraciones y disposiciones testamentarias.Art. 1039. La información de que hablan losartículos precedentes, será remitida al juez de letrasdel último domicilio, si no lo fuere el que ha recibidola información; y el juez, si encontrare que se hanobservado las solemnidades prescritas, y que en lainformación aparece claramente la última voluntad del

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!