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Código Civil. - Pencahue

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magistrado, tutor o curador interino, para mientras dureel retardo o el impedimento.Pero si hubiere otro tutor o curador que pueda suplirla falta, o si se tratare de nombrar un tutor o curadorque suceda al que actualmente desempeña la tutela ocuraduría, y puede éste continuar en ella algún tiempo,no tendrá lugar el nombramiento del interino.Art. 372. El magistrado, para la elección del tutoro curador dativo, deberá oír a los parientes del pupilo,y podrá en caso necesario nombrar dos o más, y dividirentre ellos las funciones, como en el caso del artículo 363.Si hubiere curador adjunto, podrá el juez preferirlepara la tutela o curaduría dativa.Título XXDE LAS DILIGENCIAS Y FORMALIDADES QUE DEBEN PRECEDER ALEJERCICIO DE LA TUTELA O CURADURIAArt. 373. Toda tutela o curaduría debe ser discernida.Se llama discernimiento el decreto judicial queautoriza al tutor o curador para ejercer su cargo.Art. 374. Para discernir la tutela o curaduría seránecesario que preceda el otorgamiento de la fianza ocaución a que el tutor o curador esté obligado.Ni se le dará la administración de los bienes, sinque preceda inventario solemne.Art. 375. Son obligados a prestar fianza todos lostutores o curadores, exceptuados solamente:1º El cónyuge y los ascendientes y descendientes; L. 19.5852º Los interinos, llamados por poco tiempo a servir Art. 1º, Nº 48el cargo;3º Los que se dan para un negocio particular, sinadministración de bienes.Podrá también ser relevado de la fianza, cuando elpupilo tuviere pocos bienes, el tutor o curador que fuerepersona de conocida probidad y de bastantes facultadespara responder de ellos.Art. 376. En lugar de la fianza prevenida en el L. 7.612artículo anterior, podrá prestarse prenda o hipoteca Art. 1ºsuficiente.Art. 377. Los actos del tutor o curador anteriores L. 7.612al discernimiento, son nulos; pero el discernimiento, una Art. 1ºvez otorgado, validará los actos anteriores, de cuyoretardo hubiera podido resultar perjuicio al pupilo.Art. 378. El tutor o curador es obligado a inventariarlos bienes del pupilo en los noventa días subsiguientes aldiscernimiento, y antes de tomar parte alguna en la

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