08.08.2015 Views

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

caballerías o sus arreos, los granos, caldos, mercancías,ni en general otras cosas que las que forman el ajuar deuna casa.Art. 575. Las cosas muebles se dividen en fungiblesy no fungibles.A las primeras pertenecen aquellas de que no puedehacerse el uso conveniente a su naturaleza sin que sedestruyan.Las especies monetarias en cuanto perecen para el quelas emplea como tales, son cosas fungibles.§ 2. De las cosas incorporalesArt. 576. Las cosas incorporales son derechos realeso personales.Art. 577. Derecho real es el que tenemos sobre unacosa sin respecto a determinada persona.Son derechos reales el de dominio, el de herencia,los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbresactivas, el de prenda y el de hipoteca. De estos derechosnacen las acciones reales.Art. 578. Derechos personales o créditos son los quesólo pueden reclamarse de ciertas personas, que, por unhecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraídolas obligaciones correlativas; como el que tiene elprestamista contra su deudor por el dinero prestado, o elhijo contra el padre por alimentos. De estos derechosnacen las acciones personales.Art. 579. El derecho de censo es personal en cuantopuede dirigirse contra el censuario, aunque no esté enposesión de la finca acensuada, y real en cuanto sepersiga ésta.Art. 580. Los derechos y acciones se reputan bienesmuebles o inmuebles, según lo sea la cosa en que han deejercerse, o que se debe. Así el derecho de usufructosobre un inmueble, es inmueble. Así la acción del compradorpara que se le entregue la finca comprada, es inmueble; yla acción del que ha prestado dinero, para que se le pague,es mueble.Art. 581. Los hechos que se deben se reputan muebles.La acción para que un artífice ejecute la obra convenida, oresarza los perjuicios causados por la inejecución delconvenio, entra por consiguiente en la clase de los bienesmuebles.Título IIDEL DOMINIO

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!