08.08.2015 Views

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

extenderán a los bienes futuros del donante, aunque éstedisponga lo contrario.Art. 1410. Lo dispuesto en el artículo 1401comprende a las donaciones fideicomisarias o con cargode restituir a un tercero.Art. 1411. Nadie puede aceptar sino por sí mismo, opor medio de una persona que tuviere poder especial suyoal intento o poder general para la administración de susbienes, o por medio de su representante legal.Pero bien podrá aceptar por el donatario, sinL.19.585poder especial ni general, cualquier ascendiente o Art.1º,Nº 109descendiente suyo, con tal que sea capaz de contratary de obligarse.Las reglas dadas sobre la validez de lasaceptaciones y repudiaciones de herencias y legados seextienden a las donaciones.Art. 1412. Mientras la donación entre vivos no hasido aceptada, y notificada la aceptación al donante,podrá éste revocarla a su arbitrio.Art. 1413. Las donaciones con cargo de restituir aun tercero, se hacen irrevocables en virtud de laaceptación del fiduciario, con arreglo al artículo 1411.El fideicomisario no se halla en el caso de aceptarhasta el momento de la restitucion; pero podrá repudiarantes de ese momento.Art. 1414. Aceptada la donación por el fiduciario,y notificada la aceptación al donante, podrán los dos decomún acuerdo hacer en el fideicomiso las alteracionesque quieran, substituir un fideicomisario a otro, y aunrevocar el fideicomiso enteramente, sin que puedaoponerse a ello el fideicomisario.Se procederá para alterar en estos términos ladonación, como si se tratase de un acto enteramentenuevo.Art. 1415. El derecho de transmisión establecidopara la sucesión por causa de muerte en el artículo 957,no se extiende a las donaciones entre vivos.Art. 1416. Las reglas concernientes a lainterpretación de las asignaciones testamentarias, alderecho de acrecer y a las substituciones, plazos,condiciones y modos relativos a ellas, se extienden alas donaciones entre vivos.En lo demás que no se oponga a las disposiciones deeste título, se seguirán las reglas generales de loscontratos.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!