08.08.2015 Views

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

Código Civil. - Pencahue

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

profesión o industria y de lo que en ellos obtenga, noobstante cualquiera estipulación en contrario; pero sifuere menor de dieciocho años, necesitará autorizaciónjudicial, con conocimiento de causa, para gravar yenajenar los bienes raíces.Incumbe a la mujer acreditar, tanto respecto delmarido como de terceros, el origen y dominio de losbienes adquiridos en conformidad a este artículo. Paraeste efecto podrá servirse de todos los medios deprueba establecidos por la ley.Los terceros que contraten con la mujer quedarána cubierto de toda reclamación que pudieren interponerella o el marido, sus herederos o cesionarios, fundadaen la circunstancia de haber obrado la mujer fuera delos términos del presente artículo, siempre que, notratándose de bienes comprendidos en los artículos1754 y 1755, se haya acreditado por la mujer, medianteinstrumentos públicos o privados, a los que se haráreferencia en el instrumento que se otorgue al efecto,que ejerce o ha ejercido un empleo, oficio, profesióno industria separados de los de su marido.Los actos o contratos celebrados por la mujeren esta administración separada, obligarán losbienes comprendidos en ella y los que administrecon arreglo a las disposiciones de los artículos 166y 167, y no obligarán los del marido sino conarreglo al artículo 161.Los acreedores del marido no tendrán acción sobrelos bienes que la mujer administre en virtud de esteartículo, a menos que probaren que el contratocelebrado por él cedió en utilidad de la mujer o dela familia común.Disuelta la sociedad conyugal, los bienes a queeste artículo se refiere entrarán en la partición delos gananciales; a menos que la mujer o sus herederosrenunciaren a estos últimos, en cuyo caso el marido noresponderá por las obligaciones contraídas por la mujeren su administración separada.Si la mujer o sus herederos aceptaren losgananciales, el marido responderá a esas obligacioneshasta concurrencia del valor de la mitad de esos bienesque existan al disolverse la sociedad. Mas, para gozarde este beneficio, deberá probar el exceso de lacontribución que se le exige con arreglo alartículo 1777.Art. 151. Derogado. L. 18.802Art. 4º§ 4. Excepciones relativas a la separación de LEY 19947bienes Art. TERCERO Nº 9D.O. 17.05.2004NOTAArt. 152. Separación de bienes es la que se LEY 19947efectúa sin separación judicial, en virtud de decreto Art. TERCERO Nº 10del tribunal competente, por disposición de la ley o D.O. 17.05.2004por convención de las partes.NOTANOTA:El artículo final de la LEY 19947, publicada el17.05.2004, dispone que las modificaciones que

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!