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Código Civil. - Pencahue

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notificación judicial de sus títulos.Título XIIDEL BENEFICIO DE SEPARACIONArt. 1378. Los acreedores hereditarios y losacreedores testamentarios podrán pedir que no seconfundan los bienes del difunto con los bienes delheredero; y en virtud de este beneficio de separacióntendrán derecho a que de los bienes del difunto se lescumplan las obligaciones hereditarias o testamentariascon preferencia a las deudas propias del heredero.Art. 1379. Para que pueda impetrarse el beneficiode separación no es necesario que lo que se deba seainmediatamente exigible; basta que se deba a día ciertoo bajo condición.Art. 1380. El derecho de cada acreedor a pedir elbeneficio de separación subsiste mientras no hayaprescrito su crédito; pero no tiene lugar en dos casos:1º Cuando el acreedor ha reconocido al heredero pordeudor, aceptando un pagaré, prenda, hipoteca o fianzadel dicho heredero, o un pago parcial de la deuda;2º Cuando los bienes de la sucesión han salido yade manos del heredero, o se han confundido con losbienes de éste, de manera que no sea posiblereconocerlos.Art. 1381. Los acreedores del heredero no tendránderecho a pedir, a beneficio de sus créditos, laseparación de bienes de que hablan los artículosprecedentes.Art. 1382. Obtenida la separación de patrimoniospor alguno de los acreedores de la sucesión, aprovecharáa los demás acreedores de la misma que la invoquen ycuyos créditos no hayan prescrito, o que no se hallen enel caso del número 1° del artículo 1380.El sobrante, si lo hubiere, se agregará a losbienes del heredero, para satisfacer a sus acreedorespropios, con los cuales concurrirán los acreedores de lasucesión que no gocen del beneficio.Art. 1383. Los acreedores hereditarios otestamentarios que hayan obtenido la separación, oRECTIFICACIONaprovechándose de ella en conformidad al inciso 1º del D.O. 14.07.2000artículo precedente, no tendrán acción contra los bienesdel heredero, sino después que se hayan agotado losbienes a que dicho beneficio les dio un derechopreferente; mas aun entonces podrán oponerse a estaacción los otros acreedores del heredero hasta que seles satisfaga en el total de sus créditos.

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