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Código Civil. - Pencahue

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por el valor que le hubiere asignado al momento del pagodel impuesto a las donaciones.Para los efectos de este artículo, el heredero, LEY 19903legatario o donatario deberá considerar la donación o Art. 18 Nº 2)donaciones anteriores, al calcular el impuesto que D.O. 10.10.2003corresponde a su asignación o donación.NOTANOTA:El artículo 23 de la LEY 19903, publicada el10.10.2003, dispone que comenzará a regir seis mesesdespués de su publicación.Art. 24. Para la estimación de los bienes donados ydeterminación del impuesto se observarán las mismasreglas que para los bienes heredados o legados en lo queles sean aplicables.Capítulo IVDE LA POSESION EFECTIVAArt. 25. Para los efectos de esta ley el herederono podrá disponer de los bienes de la herencia, sin quepreviamente se haya inscrito la resolución que da laposesión efectiva de la herencia, sin perjuicio de lodispuesto en el artículo 688 del <strong>Código</strong> <strong>Civil</strong>.Art. 26. Lo expuesto en el artículo precedente noregirá para el cónyuge, ni para los padres e hijoscuando deban percibir, de las Cajas de Previsión o de L. 19.585los empleados o patrones, de acuerdo con las leyes o Art. 7º, Nº 2contratos de trabajo, sumas no superiores a cinco letra a)unidades tributarias anuales.En caso de fallecimiento del titular de una cuentade ahorro en un Banco o Institución Financiera, susherederos podrán retirar estos depósitos hastaconcurrencia de cinco unidades tributarias anuales o suequivalente en moneda extranjera. L. 19.585Fallecido uno de los titulares de una cuenta Art. 7º, Nº 2bipersonal, los fondos se considerarán del patrimonio letra b)exclusivo del sobreviviente hasta concurrencia de lacantidad señalada en el inciso primero. El saldo sobreese monto, si lo hubiere, pertenecerá por iguales partesal otro depositante y a los herederos del fallecido, conlas mismas prerrogativas que este artículo establece.En estos casos bastará probar el estado civil y no LEY 19903será necesaria la resolución que concede la posesión Art. 18 Nº 3)efectiva ni acreditar el pago o exención de la D.O. 10.10.2003contribución de herencias.NOTANOTA:El artículo 23 de la LEY 19903, publicada el10.10.2003, dispone que comenzará a regir seis mesesdespués de su publicación.Art. 27. Cuando la sucesión se abra en el

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