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TIMOS Yliras - DSpace CEU

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AÑO 1810. 9gy<br />

lulista en todas las votaciones, no tuvieron valor para hacerlo al<br />

votar en presencia del país; y asi fue como el bando liberal, abo­<br />

gando por la reforma , y perteneciendo á su gremio los únicos ora­<br />

dores notables que brillaron en aquellas Cortes, arrastró victorioso<br />

en pos suyo al número mayor de sus contrarios. Gracias, pues,<br />

señores Regentes, por la publicidad de las sesiones. Pusisteis hue­<br />

vos y os salieron hueros, y la cosa merece la pena de enmendar<br />

otro adagio y decir: venga el bien y no mires de quien. Venga,<br />

pues, la publicidad, aunque sea de manos retrógradas, y pacien­<br />

cia si hacemos un frac del paño destinado á capote.<br />

El juramento exigido á los diputados en las casas consistoria­<br />

les estaba concebido en estos términos: «¿Juráis la santa religión<br />

católica, apostólica, romana, s¡n adtmilir otra alguna en estos rei­<br />

nos*!—¿Juráis conservar en su integridad la nación española, y no<br />

omitir medio alguno para libertarla de sus injustos opresores?—<br />

¿Juráis conservar á nuestro amado soberano el Señor Don Fernan­<br />

do VII todos sus dominios , y en su defecto á sus legítimos suceso­<br />

res, y hacer cuantos esfuerzos sean posibles para sacarle del cauti­<br />

verio y colocarle en el trono?—¿Juráis desempeñar fiel y legalmente<br />

ti encargo que la nación ha puesto á vuestro cuidado, guardando<br />

las leyes de España, sin perjuicio de alLrar, moderar y variar<br />

aquellas que exigiese el bien de la nación! Si asi lo hiciereis, etc., »<br />

lo demás que se dice en tales casos.<br />

Esta trinidad de preguntas ofrecía algunas dificultades para<br />

responder si juramos.', siendo la primera de todas el sabido pre­<br />

cepto del decálogo que prohibe jurar vanamente, porque ¿á qué pro­<br />

meter guardar las leyes del reino los que se reservaban el derecho<br />

de alterarlas, variarlas y modificarlas, cuando el bien del país lo<br />

exigiese? Igual fuera decir: juro ayunar, sin perjuicio de comer y<br />

oeber cuando el hambre ó la sel m- lip'dao. Pues áteme V. cabos

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