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TIMOS Yliras - DSpace CEU

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AÑO 1812. 339<br />

que impugnar la mal entendida adopción de un método electo­<br />

ral uniforme para un pais tan vario como el nuestro. Yo debo<br />

no obstante partir de ese principio de uniformidad, puesto que<br />

quedó consagrado; y una vez precisado á admitirlo, lo que in­<br />

mediatamente procede es averiguar si el tal método mereció<br />

recibir de las Cortes la preferencia que le concedieron sobre<br />

otros que pudieron adoptarse.<br />

¿Quién elije? ¿de qué modo elije? ¿qué número de Dipu­<br />

tados se elije? ¿qué requisitos deben adornar á los represen­<br />

tantes que se elijen? Tales son las cuatro preguntas que como<br />

vanguardia de otras me ocurre dirigir á la Carta en materia<br />

tan digna de atención.<br />

La Constitución me contesta respecto á la primera pregun­<br />

ta: corresponde el derecho de elegir á todos los ciudadanos espa­<br />

ñoles avecindados y residentes en el territorio de sus parroquias<br />

respectivas, inclusos los eclesiásticos seculares.<br />

A lo cual digo yo: bien! muy bien! Estoy por el sufragio<br />

universal (1). ¿Por qué no han de ser electores todos los que<br />

son ciudadanos? Yo no temo ni he temido nunca las conse­<br />

cuencias de esa latitud, pudiendo como puede organizarse de<br />

mil diferentes maneras, según las circunstancias exijan. Díga­<br />

nte, pues, la Constitución qué organización dá á ese voto. ¿Tie-<br />

(1) Y tanto, que aprovecho la ocasión de rectificar una errata cometida<br />

ç<br />

n el pliego lí, página 220, línea 18; errata que me apresuré á corregir en<br />

''cubiertaque le acompañó. Allí me hace decir el cajista que «siendo liberal<br />

c<<br />

>nio soy , no estoy por el sufragio universal» , y bien claro se echa de ver<br />

°¡ue en ese no estoy sobra el no. Por lo demás, esa universalidad escusado<br />

e s<br />

decir que no la cutiendo sino con relación á los hombres , y con los requisitos<br />

de edad y de personalidad necesarias para considerarlos sui juris. A<br />

es<br />

to añadiría yo la circunstancia de saber leer y escribir, adhiriéndome á<br />

*° dispuesto en la Constitución del año 12, según en otra parte hemos visto.

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