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TIMOS Yliras - DSpace CEU

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AÑO 1812. 337<br />

vuestros electores, y os diré cual es vuestro gobierno. Con<br />

funcionarios tendréis un gobierno despótico; con propietarios<br />

mayores contribuyentes, tendréis un gobierno oligárquico; con<br />

el sufragio universal, tendréis un gobierno demócrata.<br />

Está justificada, lectores, la inserción de la ley electoral, ó<br />

las de sus bases al menos, en la Constitución del año 12. Así<br />

pudiera hacerse lo propio respecto á la inserción de varios pun­<br />

tos que mas que á la ley pertenecen á la jurisdicción del regla­<br />

mento. Así fuera posible, sobre todo, que yo estuviera acorde<br />

enteramente con todos los estreñios de esa ley, como lo estoy<br />

con la vital idea de que forme parte del Código.<br />

En tan interesante materia no estará de mas que yo os diga<br />

hasta mis pensamientos mas recónditos. De lo que hasta aquí<br />

llevo espuesto en diversos lugares de mi obra, podrá fácilmente<br />

inferirse mi peculiar manera de ver en lo tocante á la transfor­<br />

mación que debió la España sufrir en la época á que me refie­<br />

ro, época la mas á propósito para hacer el país lo que quisiera<br />

en este importantísimo punto, á haber mostrado mas resolución<br />

los hombres que tenia á su frente. Esa transformación consistía<br />

en hacer de España un Estado MONÁRQUICO-FEDERATIVO con el<br />

adjunto de CONSTITUCIONAL: monárquico, porque era preciso ren­<br />

dir este homenaje á la época, no hallándonos ni con mucho en<br />

el caso de copiar á los Estados-Unidos: federativo, porque solo<br />

a<br />

sí pueden debidamente concillarse las diferencias de localidad<br />

l<br />

an marcadas en nuestra península, y porque solo así es tal<br />

V e<br />

' posible unir de una manera racional la nación portuguesa<br />

} 'a española; constitucional, porque es claro que la comuni­<br />

cad peninsular no habia de ser ni por sueños una segunda<br />

c<br />

°nfederacion como la del imperio de Austria, donde rije el<br />

Principio absolutista. La esplanacion de mi sistema me alejaria<br />

T<br />

0»lO ]. 22

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