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Comentarios a los “Lineamientos Generales para el expendio o ...

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Folio Remitente Comentario Respuesta<br />

B001002102 Grupo Jumex S.A. de C.V. 1.Definición de alimentos líquidos, y aplicación de <strong>los</strong> criterios sólidos a<br />

alimentos líquidos, especial énfasis en criterio de densidad energética<br />

2.Mismo trato a alimentos sólidos y líquidos en cuanto a la gradualidad<br />

derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento <strong>para</strong> su desarrollo<br />

integral” y que “Los ascendientes, tutores o custodios tienen <strong>el</strong> deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo<br />

necesario <strong>para</strong> propiciar <strong>el</strong> respeto de la dignidad de la niñez y <strong>el</strong> ejercicio pleno de sus derechos. Así mismo, la Ley General<br />

de Salud en su artículo 113 faculta a la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y <strong>los</strong><br />

gobiernos de las entidades federativas, con la colaboración de las dependencias y entidades d<strong>el</strong> sector salud, a formular,<br />

proponer y desarrollar programas de educación <strong>para</strong> la salud en <strong>los</strong> que se optimicen recursos y alcancen una cobertura<br />

total de la población, <strong>los</strong> cuales están encaminados a orientar y capacitar en una materia tan importante como es la<br />

nutrición.<br />

La educación d<strong>el</strong> tipo básico es la etapa de formación en que <strong>los</strong> niños, niñas y adolescentes desarrollan las habilidades d<strong>el</strong><br />

pensamiento y las competencias básicas <strong>para</strong> favorecer <strong>el</strong> aprendizaje sistemático y continuo, así como las actitudes y<br />

valores que les permitan afrontar <strong>los</strong> retos sociales presentes y futuros. Así mismo en la 63° Asamblea de la Organización<br />

Mundial de la Salud se mencionó que: “las escu<strong>el</strong>as, las guarderías y otros establecimientos educativos son instituciones<br />

privilegiadas donde nada de lo que ocurra en <strong>el</strong>las debe perjudicar <strong>el</strong> bienestar de <strong>los</strong> niños. Por lo tanto, <strong>el</strong> bienestar<br />

nutricional de <strong>los</strong> niños en las escu<strong>el</strong>as debe tener una importancia capital y sentar <strong>los</strong> cimientos <strong>para</strong> <strong>el</strong> bienestar de <strong>los</strong><br />

menores en esta edad formativa”. Ello también es congruente con la recomendación formulada en la Estrategia Mundial<br />

sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud por la que se insta a <strong>los</strong> gobiernos a adoptar políticas que faciliten una<br />

alimentación correcta en las escu<strong>el</strong>as. 273<br />

Recordar que sólo está regulando la venta y distribución de alimentos en las escu<strong>el</strong>as. En ningún momento se prohibirá <strong>los</strong><br />

niños lleven a la escu<strong>el</strong>a alimentos que no se están recomendado, esta parte es competencia de <strong>los</strong> padres; pero se harán<br />

esfuerzos <strong>para</strong> orientar a <strong>los</strong> padres a fin de que <strong>los</strong> refrigerios que lleven esté acorde con <strong>los</strong> criterios planteados a <strong>los</strong><br />

Lineamientos.<br />

PROCEDE PARCIALMENTE EL COMENTARIO<br />

1. De acuerdo en considerar a las bebidas como alimentos líquidos y se modificará en <strong>el</strong> anteproyecto las definiciones de<br />

alimento <strong>para</strong> que se mantengan congruentes con la NOM-043-SSA2-2005, Servicios básicos de salud. Promoción y<br />

educación <strong>para</strong> la salud en materia alimentaria. Criterios <strong>para</strong> brindar orientación, siendo que ésta establece como<br />

definición:<br />

Alimento: a <strong>los</strong> que son órganos, tejidos o secreciones que contienen cantidades apreciables de nutrimentos<br />

biodisponibles, cuyo consumo en cantidades y formas habituales es inocuo y atractivo a <strong>los</strong> sentidos.<br />

Nutrimento: toda sustancia presente en <strong>los</strong> alimentos que juega un pap<strong>el</strong> metabólico en <strong>el</strong> organismo.<br />

Por lo tanto, consideramos que <strong>los</strong> alimentos en estado líquido (leche, jugos, néctares, yogurt bebible, bebidas de soya, etc.)<br />

pueden recibir <strong>el</strong> término de “alimentos líquidos” al contener nutrimentos. Sin embargo, esto no hace que puedan aplicarse<br />

273 Organización Mundial de la Salud. 63ª Asamblea Mundial de la Salud. Prevención y control de enfermedades no transmisibles: aplicación de la estrategia mundial. Informe de la Secretaría. Disponible en:<br />

http://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA63/A63_12-sp.pdf<br />

196

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