15.05.2013 Views

Comentarios a los “Lineamientos Generales para el expendio o ...

Comentarios a los “Lineamientos Generales para el expendio o ...

Comentarios a los “Lineamientos Generales para el expendio o ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Folio Remitente Comentario Respuesta<br />

B001002443 Danisco Mexicana Uso de edulcorantes no calóricos (leche, yogurt y alimento liquido de soya) PROCEDE PARCIALMENTE EL COMENTARIODe acuerdo en considerar a las bebidas como alimentos líquidos y se modificará<br />

en <strong>el</strong> anteproyecto las definiciones de alimento <strong>para</strong> que se mantengan congruentes con la NOM-043-SSA2-2005, Servicios<br />

básicos de salud. Promoción y educación <strong>para</strong> la salud en materia alimentaria. Criterios <strong>para</strong> brindar orientación910, siendo<br />

que ésta establece como definición:Alimento: a <strong>los</strong> que son órganos, tejidos o secreciones que contienen cantidades<br />

apreciables de nutrimentos biodisponibles, cuyo consumo en cantidades y formas habituales es inocuo y atractivo a <strong>los</strong><br />

sentidos.Nutrimento: toda sustancia presente en <strong>los</strong> alimentos que juega un pap<strong>el</strong> metabólico en <strong>el</strong> organismo.Por lo tanto,<br />

consideramos que <strong>los</strong> alimentos en estado líquido (leche, jugos, néctares, yogurt bebible, bebidas de soya, etc.) pueden<br />

recibir <strong>el</strong> término de “alimentos líquidos” al contener nutrimentos. Sin embargo, esto no hace que puedan aplicarse <strong>los</strong><br />

mismos criterios entre alimentos sólidos y alimentos líquidos. Siendo que la razón <strong>para</strong> dar un trato distinto entre éstos está<br />

en función d<strong>el</strong> efecto que <strong>el</strong> consumo de <strong>los</strong> alimentos líquidos tienen en la salud,Existe evidencia que indica que la energía<br />

que aportan las bebidas como por ejemplo, la leche, yogurt, alimento líquido de soya no son reconocidas por <strong>el</strong> sistema de<br />

control de apetito, com<strong>para</strong>do con la energía que proviene de <strong>los</strong> alimentos sólidos. Por lo tanto, las bebidas, a pesar de<br />

tener baja densidad energética, influye en <strong>el</strong> consumo excesivo de energía, al igual que <strong>los</strong> alimentos sólidos911.<br />

Actualmente, no hay un consenso sobre la seguridad a mediano y largo plazo sobre <strong>el</strong> consumo de edulcorantes no<br />

calóricos. La evidencia científica no es contundente sobre <strong>el</strong> tema.<br />

Sin embargo, <strong>el</strong> uso de diversos edulcorantes de alto poder endulzante ha sido evaluado y permitido por agencias<br />

gubernamentales como la Administración de Alimentos y Fármacos de <strong>los</strong> Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés) y<br />

comités científicos como <strong>el</strong> Comité Científico sobre Alimentos de la Comisión Europea (SCF, por sus siglas en inglés) y <strong>el</strong><br />

Comité Mixto de Expertos en Aditivos Alimentarios de la Organización Mundial de la Salud (JECFA, por sus siglas en inglés) y<br />

la Organización <strong>para</strong> la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés).912 En México, la Secretaría de Salud es<br />

la institución encargada de regular o permitir <strong>el</strong> uso de edulcorantes artificiales, estableciendo su normatividad en <strong>el</strong><br />

“acuerdo por <strong>el</strong> que se determinan las sustancias permitidas como aditivos y coadyuvantes” publicado en <strong>el</strong> Diario Oficial de<br />

la Federación en 2006913, así como establece su uso y etiquetado en alimentos y bebidas no alcohólicas en la Norma Oficial<br />

Mexicana NOM-086-SSA1-1994.914<br />

910 Secretaria de Salud. Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2005, Servicios básicos de salud. Promoción y educación <strong>para</strong> la salud en materia alimentaria. Criterios <strong>para</strong> brindar orientación.<br />

2006<br />

911 World Cancer Research Found, American Institute for Cancer Research. Food, Nutrition, Physical Activity, and the Prevention of Cancer: a Global Perspective. Washington: American Institute for Cancer Research, 2007.<br />

912 American Dietetic Association (ADA). Position of the American Dietetic Association: Use of Nutritive and Nonnutritive Sweeteners. J Am Diet Assoc. 2004; 104:255-275.<br />

913 Acuerdo por <strong>el</strong> que se determinan las sustancias permitidas como aditivos y coadyuvantes. Publicado en <strong>el</strong> Diario Oficial de la Federación d<strong>el</strong> 17 de julio de 2006. Accesado <strong>el</strong> 25 de junio de 2010. Disponible en:<br />

http://bibliotecas.salud.gob.mx/gsdl/ collect/compil/index/assoc/HASH0100.dir/doc.pdf<br />

914 Norma Oficial Mexicana NOM-86-SSA1-1994. Bienes y Servicios. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en su composición. Especificaciones nutrimentales. Accesado <strong>el</strong> 25 de junio de 2010. Disponible en:<br />

http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/086ssa14.html<br />

334

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!