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LUCES Y SOMBRAS I

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EJE TEMÁTICO II: 271<br />

JUSTICIA PENAL INTERNACIONAL<br />

de impunidad en el fallo Simón 33 , los juicios por la verdad tienen que<br />

enfrentarse con un marco totalmente nuevo, en el que, en línea teórica, al<br />

haber sido eliminado cualquier obstáculo a la persecución penal para los<br />

crímenes de la dictadura, ellos no tendrían más porqué existir. Sin<br />

embargo, asistimos hoy en día a la coexistencia entre los juicios por la<br />

verdad y los procesos penales reabiertos 34 , lo que implica, a parte por una<br />

duplicación de actividades y recursos, ciertas dificultades de<br />

coordinación entre los dos instrumentos.<br />

Incompatibilidad de los jueces<br />

En primer lugar, se pueden plantear problemas de<br />

incompatibilidad para los jueces que hayan actuado en el marco de la<br />

búsqueda judicial de la verdad y que se encuentren hoy competentes para<br />

los juicios penales: ante la falta de una regulación sobre el punto, la<br />

solución ha sido, hasta el día de hoy, la inhibición por el propio juez 35 , en<br />

aras de garantizar la imparcialidad del tribunal juzgante 36 ; pero hay quien<br />

dice que ello es innecesario, al no concluir los juicios por la verdad con<br />

una sentencia de condena o absolución.<br />

La utilización de pruebas en los procesos penales<br />

Sin embargo, lo que parece plantear los problemas más serios en<br />

esta coexistencia es la utilización en los procesos penales reabiertos de<br />

las pruebas recopiladas en los juicios por la verdad. Pruebas procedentes<br />

de éstos últimos han sido utilizadas, por ejemplo, en los juicios contra<br />

33 CSJN, sentencia Simón, Julio Héctor y otros s/privación ilegítima de la libertad, caso n.<br />

17.768, 14 de junio de 2005. Para un análisis profundizado y crítico de esta sentencia,<br />

véase Ezequiel Malarino, “Il volto repressivo della recente giurisprudenza argentina sulle<br />

gravi violazioni dei diritti umani. Un’analisi della sentenza della Corte Suprema del 14<br />

giugno 2005 nel caso Simón”, en Emanuela Fronza, Gabriele Fornasari (comp.), Il<br />

superamento del passato e il superamento del presente. La punizione delle violazioni<br />

sistematiche di diritti umani nell’esperienza argentina e colombiana, Quaderni del<br />

Dipartimento di Scienze Giuridiche, Trento, 2009, pgs. 31-98.<br />

34 En La Plata, por ejemplo, siguen celebrándose audiencias orales y públicas en el marco<br />

de los juicios por la verdad todos los miércoles, pese a que en la misma jurisdicción ya<br />

han concluido dos juicios penales por crímenes de la dictadura y un tercero está siendo<br />

tramitado ante el Tribunal Oral.<br />

35 Artículo 55 del Código Procesal Penal.<br />

36 Hasta ahora el problema parece haberse planteado sólo para el Juez Horacio Cattani, de<br />

la Cámara Nacional de Apelaciones de Capital Federal, según lo ha contado él mismo en<br />

una entrevista con la autora de este artículo realizada el 17 de octubre de 2007.

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