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LUCES Y SOMBRAS I

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EJE TEMÁTICO III: 741<br />

LOS CONFLICTOS ARMADOS EN EL MUNDO ACTUAL<br />

Y SU GESTIÓN INTERNACIONAL<br />

¿QUÉ ES UN ESTADO FALLIDO?<br />

El término de “Estado fallido” ha emergido con fuerza en el<br />

estudio de las Relaciones Internacionales en la última década, sobre todo<br />

desde un punto de vista estratégico. No obstante, fue en los años noventa<br />

del siglo XX, tras la guerra fría, cuando los especialistas en política<br />

comenzaron a manifestar su interés por el fenómeno de los Estados<br />

fallidos y su papel en el nuevo tablero internacional que, a partir de ese<br />

momento, abandonaba su faceta bipolar para pasar a ser comandado por<br />

una única superpotencia: Estados Unidos.<br />

Se suele señalar el trabajo de Gerard B. Helman y Steven R.<br />

Ratner, Saving Failed States, publicado en 1992 en la revista Foreign<br />

Policy, como el encargado de acuñar el término de “Estado fallido”. A<br />

partir de entonces, numerosas investigaciones han recogido la misma<br />

expresión para referirse a un fenómeno que no es nuevo, pero que sí<br />

constituye una de las manifestaciones más claras de la actual época de<br />

inestabilidad global y de extendido fallo estatal 3 .<br />

Perro antes de ofrecer la que a nuestro juicio es una definición<br />

adecuada del objeto de nuestro estudio, surgen dos preguntas previas:<br />

¿Qué es un Estado? y ¿Qué es lo que diferencia a unos Estados de otros?<br />

Para responder a ambas cuestiones recurriremos a las tesis de Max Weber<br />

y Samuel P. Huntington, respectivamente.<br />

La idea de Estado que propone Weber nos ayudará a establecer<br />

una concepción de Estado fallido, ya que éste se caracteriza por lo que no<br />

es, esto es, según una serie de rasgos negativos. Para Weber, un Estado es<br />

“aquella comunidad humana que, dentro de un determinado territorio (el<br />

“territorio” es el elemento distintivo), reclama (con éxito) para sí el<br />

monopolio de la violencia física legítima. Lo específico de nuestro<br />

tiempo es que a todas las demás asociaciones de individuos sólo se les<br />

concede el derecho a la violencia física en la medida en que el Estado lo<br />

permite. El Estado es la única fuente de “derecho” a la violencia 4 .<br />

3 Mark Duffield, “Los estados frágiles y el retorno de la administración nativa”, Revista<br />

Académica de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid., nº 8,<br />

junio 2008. pg. 2.<br />

4 Max Weber, El político y el científico, Alianza Editorial, Madrid, 1998 pgs. 83-84.

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