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LUCES Y SOMBRAS I

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272 <strong>LUCES</strong> Y <strong>SOMBRAS</strong> DE LA SEGURIDAD<br />

INTERNACIONAL EN LOS ALBORES DEL SIGLO XXI<br />

Etchecolatz 37 y contra Von Wernich 38 , ambos decididos por el Tribunal<br />

Oral Federal de La Plata, en la causa ESMA que está siendo tramitada en<br />

Capital Federal 39 , y en la causa Alsina que se está tramitando en<br />

Córdoba 40 .<br />

Esas pruebas, como vimos, han sido recabadas de acuerdo con<br />

modalidades parcialmente distintas de aquellas propias del proceso penal:<br />

es decir, sin confrontación entre acusación y defensa, y sin que la versión<br />

de los hechos ofrecida por una parte haya sido expuesta a refutación por<br />

la otra. Ello ha llevado a la formación de una verdad unilateral, pese a su<br />

pretensión de corresponder a la verdad histórica de los hechos. A la vez,<br />

las informaciones así recabadas no resultan utilizables sin más por el juez<br />

del proceso penal, porque no siempre se han respetado las normas<br />

procesales de adquisición y admisión de pruebas. Por lo tanto, aunque por<br />

un lado sería oportuno trasladar las pruebas recabadas en los juicios por<br />

la verdad a los procesos penales reabiertos 41 , por razones de economía<br />

procesal y para evitar bien la pérdida de pruebas que ya no son más<br />

repetibles, bien la llamada “re-victimización” de los que ya habían<br />

declarado en aquel marco 42 , este camino no siempre resulta viable. En el<br />

caso de declaraciones rendidas por los militares supuestamente<br />

involucrados en los crímenes, a los vicios de formación de pruebas ya<br />

mencionados se les suman las preocupaciones por el respeto de las<br />

garantías de defensa, al menos en las jurisdicciones en las que se les ha<br />

citado a declarar como testigos 43 o se ha violado su derecho a no autoinculparse.<br />

Por ejemplo, con atención a este problema, el juzgado de<br />

37 Tribunal Oral en lo Criminal Federal n. 1 de La Plata, Causa Etchecolatz, Miguel<br />

Osvaldo, fundamentos de la sentencia, 19 de septiembre de 2006.<br />

38 Tribunal Oral en lo Criminal Federal n. 1 di La Plata, causa Von Wernich, Christian,<br />

fundamentos de la sentencia, 1 de noviembre de 2007.<br />

39 Juzgado Federal N° 12, Juez Sergio Torres, Causa N° 14217/03.<br />

40 Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Córdoba, Sala B,<br />

Alsina, Gustavo Adolfo y otros, (Exp.te 246/2008).<br />

41 En la sentencia Von Wernich se afirma lo siguiente: “Hay datos que advierten y amplían<br />

este panorama (...) y todo esto ha sido merced al trabajo que se ha desarrollado en la<br />

Justicia a partir de los llamados Juicios por la Verdad que, evidentemente, constituyen<br />

una fuente de conocimiento permanente” (Sentencia Von Wernich, citada, pg. 36).<br />

42 Suele definirse con esta palabra el fenómeno por el cual las víctimas, al tener que repetir<br />

más veces, en lugares diferentes y por diferentes motivos, sus propias historias, terminan<br />

re-viviendo reiteradamente el trauma de sus experiencias. Véase Pablo Parenti, “La<br />

persecuzione penale di gravi violazioni di diritti umani in Argentina”, en Emanuela<br />

Fronza, Gabriele Fornasari (comp.), Il superamento..., op. cit., pgs. 13-30.<br />

43 Como ocurrió en Bahía Blanca: véase supra.

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