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LUCES Y SOMBRAS I

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EJE TEMÁTICO II: 277<br />

JUSTICIA PENAL INTERNACIONAL<br />

crímenes tan graves como aquellos internacionales: lo que parece sugerir<br />

la tendencia actual de mucha jurisprudencia, bien nacional bien<br />

internacional, y la argentina entre ellas, es que la gravedad extrema y la<br />

excepcionalidad de estos crímenes justifican la derogación o, como<br />

mucho, la suspensión de las garantías de defensa de los imputados 56 . Esta<br />

tendencia, que, como vimos, puede verse incluso en los juicios por la<br />

verdad, a pesar de su naturaleza casi-penal, puede generar peligrosas<br />

derivas punitivistas y autoritarias, y por ello merece ser analizada con<br />

mucha atención y con la conciencia de la importancia de los principios<br />

que rigen los modernos Estados de derecho.<br />

El protagonismo judicial<br />

Por último, la experiencia de los juicios por la verdad representa<br />

un excelente ejemplo de protagonismo del poder judicial en el desarrollo<br />

de principios, derechos, y, en este caso, mecanismos procesales, en aras<br />

de enfrentar las graves violaciones a los derechos humanos. Este rasgo<br />

también es una tendencia recurrente en la jurisprudencia de los órganos<br />

de protección de derechos humanos 57 y, a la vez, en la justicia penal<br />

internacional, bien a nivel internacional – en los Tribunales ad hoc y en<br />

la Corte Penal Internacional -, bien a nivel nacional 58 . Sin embargo, si en<br />

el primer caso el protagonismo judicial es en cierta medida necesario e<br />

ineliminable debido a la falta, en el plano internacional, de un legislador<br />

propiamente dicho, a nivel nacional ello plantea serios problemas para el<br />

principio de legalidad y, a la vez, para el principio de separación entre<br />

poderes y funciones del Estado democrático. Aunque se entienda que en<br />

casos como el argentino esta híper-actividad judicial es motivada por<br />

razones encomiables, y quiere responder, muchas veces, a la inactividad<br />

56 Jesús María Silva Sánchez, “Nullum crimen sine poena? Sobre las doctrinas penales de<br />

la lucha contra la impunidad y del derecho de la víctima al castigo del autor”, Derecho<br />

Penal del siglo XXI, n. VIII (2007), Madrid, pgs. 327-360; Daniel Pastor, “La deriva<br />

neopunitivista de organismos y activistas como causa del desprestigio actual de los<br />

derechos humanos”, Jura gentium, II, 2006, y del mismo autor, El poder penal<br />

internacional, Atelier, Barcelona, 2006.<br />

57 Sobre todo de la CorteIDH: véase Daniel Pastor (Comp.), El sistema penal en las<br />

sentencias recientes de los órganos interamericanos de protección de los derechos<br />

humanos, Ad-hoc, Buenos Aires, 2009, especialmente Ezequiel Malarino, “Activismo<br />

judicial, punitivización y nacionalización: Tendencias antidemocráticas y antiliberales de<br />

la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, pgs. 21-61.<br />

58 Para un análisis crítico de esta tendencia en el sistema argentino: Ezequiel Malarino, “Il<br />

volto repressivo...”, op. cit.

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