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LUCES Y SOMBRAS I

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470 <strong>LUCES</strong> Y <strong>SOMBRAS</strong> DE LA SEGURIDAD<br />

INTERNACIONAL EN LOS ALBORES DEL SIGLO XXI<br />

protección civil de respuesta inmediata se adscribiese a la Secretaría<br />

General de la ONU, de quien dependería, exigiendo, en consecuencia,<br />

que los convenios de oferta de medios lo fuesen entre las Naciones<br />

Unidas y el correspondiente Estado soberano. Y no como un simple<br />

acuerdo —fácilmente denunciable— entre un grupo de naciones, que es,<br />

en realidad, lo que era el Sistema de Acuerdos de Fuerzas en Reserva<br />

para Operaciones de las Naciones Unidas.<br />

Ahora bien, se está hablando de recursos de protección civil para<br />

el socorro en emergencias y, por lo tanto, no tendría sentido pretender<br />

que forzosamente un país ceda este tipo de recursos si tiene también en su<br />

territorio (o en otros con los que le vincule asimismo algún tipo de<br />

compromiso internacional) algún tipo de emergencia o la previsión de<br />

que ésta pueda producirse con un grado suficiente de probabilidad y<br />

verosimilitud. Y en auxilio de esta eventualidad viene otra de las<br />

características de la concepción del Sistema de Acuerdos de Fuerzas en<br />

Reserva. Todos los tipos de medios (personales y materiales) que se<br />

hayan considerado necesarios para poder hacer frente al tipo de catástrofe<br />

que se haya creído que se puede combatir dentro de la racionalidad, la<br />

prudencia, el realismo y la experiencia —lo perfecto es enemigo de lo<br />

bueno y además no suele ser factible— deben de estar duplicados,<br />

cuando no triplicados, en los cómputos totales, es decir, en esa especie de<br />

base de datos de recursos disponibles, de forma que por mal momento en<br />

que suceda la catástrofe, siempre haya recursos disponibles que no le son<br />

necesarios en ese momento a alguno de los países ofertantes.<br />

El procedimiento de cesión de recursos en cada caso concreto no<br />

debería ser, sin embargo, tan laxo como en el caso de la Brigada<br />

Multinacional de Fuerzas en Reserva de Despliegue Rápido. Dada la<br />

premura de tiempo, en estas situaciones no hay tiempo para los análisis<br />

nacionales sobre la oportunidad y conveniencia de participar en cada<br />

operación concreta, de modo que el compromiso debería ser de cesión<br />

automática de los medios y recursos que se le soliciten, salvo que exista y<br />

pueda aducirse esa otra necesidad patente y, en consecuencia, evidente a<br />

la que se aludía en el párrafo anterior.<br />

La conjunción de estas tres características del sistema propuesto,<br />

duplicación o triplicación de los recursos en reserva, necesidad de<br />

selección de los tipos de recursos adecuados en cada caso y necesidad de<br />

rotación de los recursos similares aportados por diferentes países u

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