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LUCES Y SOMBRAS I

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EJE TEMÁTICO III: 661<br />

LOS CONFLICTOS ARMADOS EN EL MUNDO ACTUAL<br />

Y SU GESTIÓN INTERNACIONAL<br />

plena en el proceso penal, cualquiera que sea el delito y la fase del<br />

proceso. Son múltiples las referencias de las normas introducidas por la<br />

Autoridad Provisional a la institución de la abogacía de oficio. Así<br />

tenemos, la modificación del art.123 del Código de Procedimiento Penal<br />

de Irak en el que se ha añadido un apartado que prevé que “antes de ser<br />

recibida declaración del acusado, el Juez de investigación ha de<br />

manifestarle su derecho a ser defendido por un abogado y en caso de no<br />

permitirse un abogado, le será asignado uno de oficio con cargo al<br />

Tribunal” 13 . También hay que tener presente la Sección 5ª del<br />

Memorando Nº 3 de la CPA que establece que en el momento en que<br />

cualquier agente de la autoridad detenga a una persona, dicho agente<br />

informará al detenido de su derecho a guardar silencio y a ser asistido por<br />

un abogado o la Sección nº 8 apartado 1º que establece que “todo<br />

detenido por hechos presuntamente criminales tendrá derecho a la<br />

asistencia de un abogado durante el tiempo de detención”. Ambas<br />

implican una importante novedad en el sistema judicial de Irak habida<br />

cuenta que con anterioridad no existía disposición en tal sentido.<br />

Quien escribe estas palabras tuvo oportunidad de presenciar varias<br />

vistas en el Tribunal de Diwaniyah en las que el derecho a la asistencia<br />

letrada se tutelaba por el propio Tribunal cuando el acusado, habiendo<br />

previamente nombrado un abogado particular, éste no comparecía al<br />

inicio de la vista, pues en tales casos la vista automáticamente quedaba<br />

aplazada.<br />

No obstante lo anterior, lo cierto es que las condiciones reales de<br />

detención presenciadas por quien suscribe no favorecían la vigencia y<br />

respeto a dicho derecho, pues en la mayoría de los casos no se<br />

comunicaba los derechos básicos de los detenidos, bien por la falta de<br />

13 Uno de los mayores logros llevados a cabo por quien suscribe, ha sido la implantación de<br />

una abogacía de oficio consensuada y permanente en la Provincia de Al-Quasidillah<br />

(Diwaniyah), para lograr establecer los mínimos de las garantías del imputado. Con<br />

anterioridad al mandato de la Autoridad Provisional, no existía en Irak un sistema<br />

operativo de abogacía de oficio en el sistema judicial. Las fuerzas de la coalición<br />

contemplaban la futura implantación de un programa de abogacía de oficio que operará<br />

para cualquier tipo de infracción penal o delito y en cualquier fase del proceso, incluido<br />

la interposición del recurso contra las sentencias o fallos de los Tribunales. Sin embargo,<br />

dicho programa existía solo a nivel programático en Irak, cuando este GST comenzó a<br />

prestar sus servicios en esta comisión, no existiendo en ninguna provincia de Irak una<br />

real implantación de una abogacía de oficio con carácter permanente.

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