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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 10 de 1515<br />

MENSAJE PRESIDENCIAL<br />

Establecimientos autónomos y emergentes.<br />

A continuación, el proyecto señala que al<br />

primer año de entrada en vigencia de la nueva<br />

subvención, todos los establecimientos serán<br />

clasificados en las categorías de autónomos o<br />

emergentes.<br />

Serán calificados como autónomos, aquellos<br />

establecimientos educacionales que hayan<br />

mostrado consistentemente buenos resultados<br />

educativos de sus alumnos en las pruebas SIMCE,<br />

de acuerdo a los estándares nacionales que se<br />

establezcan para tales efectos.<br />

Los demás serán clasificados como<br />

emergentes y deberán elaborar y aplicar una<br />

estrategia de mejoramiento educativo.<br />

Esta clasificación determinará el monto de<br />

subvención que efectivamente recibirá cada<br />

establecimiento por cada alumno prioritario que<br />

atienda.<br />

Para los establecimientos educacionales<br />

autorizados para operar en forma autónoma, el<br />

valor será de 1,4 USE. Para los establecimientos<br />

educacionales autorizados como emergentes, el<br />

valor será de 0,7 USE.<br />

Estrategias de mejoramiento.<br />

Las escuelas emergentes tienen que definir e<br />

implementar una estrategia de intervención<br />

orientada a lograr en un plazo de 4 años metas de<br />

resultados que les habilitan para el tramo más alto<br />

de la Subvención Escolar Preferencial.<br />

Para la realización de su Estrategia de<br />

Mejoramiento, deben adoptar medidas que apunten<br />

a lograr los estándares nacionales de aprendizaje,<br />

para lo cual deben coordinar y articular acciones<br />

con las instituciones y redes de servicios sociales<br />

competentes para detectar, derivar y tratar los<br />

problemas psicológicos, sociales y necesidades<br />

educativas especiales de los alumnos prioritarios,<br />

además de establecer actividades docentes<br />

complementarias a los procesos de enseñanza y<br />

aprendizaje de los alumnos prioritarios, para<br />

mejorar su rendimiento escolar.<br />

Las escuelas emergentes con más de 15% de<br />

alumnos prioritarios, recibirán recursos adicionales<br />

para desarrollar la Estrategia de Mejoramiento<br />

Educativo.<br />

Preocupación por los establecimientos con<br />

malos resultados educacionales.<br />

Los establecimientos educacionales<br />

emergentes que en el plazo de un año contado<br />

desde la suscripción del Convenio de Igualdad de<br />

Oportunidades y Excelencia Educativa, no cuenten

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