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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 667 de 1515<br />

SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

La indicación número 195, de los Honorables Senadores señores<br />

Cantero y Chadwick, para agregar, a su inciso séptimo, la siguiente oración:<br />

“Para estos efectos se considerarán resultados insatisfactorios, la<br />

circunstancia de que la entidad respectiva en más de la mitad de los<br />

establecimientos asesorados por ella, no hayan alcanzado los logros<br />

académicos esperados, en un plazo de 8 años contados desde la<br />

contratación de sus servicios.”.<br />

La indicación número 195 es retirada por sus autores.<br />

Inciso octavo<br />

“Regirán respecto de estas personas y entidades<br />

las inhabilidades de los artículos 54 y siguientes del decreto con fuerza de<br />

ley <strong>Nº</strong> 1-19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y<br />

sistematizado de la ley <strong>Nº</strong> 18.575, Orgánica Constitucional de Bases<br />

Generales de la Administración del Estado.”.<br />

La indicación número 196, del Honorable Senador señor Navarro,<br />

para suprimir, en su inciso final, la expresión “personas y”.<br />

En votación la indicación número 196, se aprueba por tres<br />

votos a favor y dos en contra. Votan a favor los Honorables<br />

Senadores señores Navarro, Núñez y Ruiz-Esquide. En contra votan<br />

los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick.<br />

ARTÍCULO 30<br />

“Artículo 30.- El Ministerio de Educación entregará<br />

anualmente a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados un<br />

informe describiendo las acciones y evaluando los avances en cada uno de<br />

los establecimientos educacionales con más de quince por ciento de<br />

alumnos prioritarios, y los aportes educativos y de todo tipo que haya<br />

efectuado la instancia responsable de dicho Ministerio.”.<br />

La indicación número 197, del Honorable Senador señor Orpis,<br />

para suprimir los <strong>Nº</strong>s. 2 y 5 del artículo 30 del proyecto. (TEXTUAL)<br />

En votación la indicación número 197, es rechazada por la<br />

unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables<br />

Senadores señores Chadwick, Muñoz Aburto, Núñez y Ruiz-Esquide.<br />

ARTÍCULO 31<br />

“Artículo 31.- La dirección de los establecimientos<br />

educacionales deberá llevar un libro diario de ingresos y gastos.

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