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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 46 de 1515<br />

INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

Mejoramiento Educativo elaborado con la comunidad del establecimiento<br />

educacional que contemple acciones”.<br />

Por su parte, el diputado señor Montes formuló<br />

indicación para intercalar, en el texto sustitutivo propuesto, a continuación<br />

del vocablo “acciones”, la frase “desde prekinder hasta octavo básico”.<br />

Fueron aprobadas ambas indicaciones por<br />

unanimidad (8 votos a favor).<br />

Inciso segundo, letra e).<br />

El Ejecutivo formuló una indicación para intercalar en la<br />

letra e) primitiva, a continuación de la palabra “alumnos,” la frase “y en<br />

especial de los prioritarios,”.<br />

Puesta en votación la indicación, fue aprobada en<br />

por 7 votos a favor y 5 votos en contra.<br />

Puesta en votación la letra e), con la indicación<br />

precedente, fue aprobada igualmente por 7 votos a favor y 5 votos<br />

en contra.<br />

Además, durante la discusión de esta letra fue<br />

rechazada, por mayoría, una indicación que pretendía sustituirla.<br />

Inciso segundo, letra f), nueva.<br />

Los diputados señores Errázuriz, González, Montes,<br />

Olivares y Verdugo, y señora Tohá formularon indicación a este artículo<br />

para intercalar en su inciso segundo la siguiente letra f), nueva:<br />

"f) En el caso de los sostenedores municipales, señalar<br />

en el convenio cuál ha sido el aporte promedio en los últimos tres años e<br />

indicar cuál será el aporte mínimo que entregará anualmente el municipio a<br />

cada uno de los establecimientos que reciba subvención preferencial."<br />

Esta indicación se funda en la necesidad de asegurar<br />

que los sostenedores municipales no interrumpan o disminuyan los aportes<br />

de recursos propios que actualmente hacen a los establecimientos de su<br />

dependencia, sustituyéndolos por los recursos provenientes de la<br />

subvención preferencial y de los aportes complementarios que contempla la<br />

ley en proyecto.<br />

Fue aprobada por 8 votos a favor y tres<br />

abstenciones.<br />

Inciso segundo, letra f) (pasa a ser letra g).<br />

Obliga, a los sostenedores que accedan a la subvención<br />

preferencial, a cumplir con cada una de las obligaciones que impone la ley<br />

en proyecto, según la categoría en que ha sido clasificado el<br />

establecimiento.<br />

Fue aprobada por 7 votos a favor y cinco<br />

abstenciones, sin debate, pasando a ser letra g).<br />

Inciso segundo, letra h), nueva.<br />

Los diputados señores Bobadilla, Kast y Rojas<br />

formularon a su vez una indicación para agregar una nueva letra del<br />

siguiente tenor:<br />

"h) Informar a los padres y apoderados del<br />

establecimiento sobre la existencia de este convenio, con especial énfasis<br />

en las metas fijadas en materia de rendimiento académico."<br />

Su objeto es asegurar que los padres sean informados<br />

acerca de los resultados de aprendizaje de sus hijos, más que de los<br />

procesos a que se hayan destinado los recursos provenientes de la

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