07.05.2013 Views

LEY Nº 20248 - Ley Chile

LEY Nº 20248 - Ley Chile

LEY Nº 20248 - Ley Chile

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 1136 de 1515<br />

DISCUSIÓN EN SALA<br />

tramitación se llevó a cabo el acuerdo político de la Alianza con la<br />

Concertación y con el Gobierno y se incorporaron varias cosas. Y ahí quiero<br />

referirme a lo que señalaba la diputada Tohá.<br />

Por una parte, incorporó un acuerdo político, un documento técnico, y<br />

había acuerdo en que determinados textos legales se iban a redactar de<br />

común acuerdo, tanto por secretarías técnicas de la Alianza como del<br />

Gobierno, pero en aquellos temas más sensibles del acuerdo se<br />

incorporaron ya redactado al acuerdo político. Hay artículos, tanto en la ley<br />

general de Educación, como los tres artículos que incorporó el Senado a la<br />

ley de subvención preferencial, que forman parte del acuerdo político que<br />

firmaron todos los presidentes de los partidos de la Concertación ese día en<br />

La Moneda.<br />

Reitero que hay artículos que quedaron redactados y formando parte<br />

del acuerdo. Si hubo diputados de la Concertación que no se enteraron de<br />

ese acuerdo, ese ya es un tema interno de los partidos políticos de la<br />

Concertación en sus relaciones internas, pero ese día en La Moneda, y así<br />

fue como se trató, había temas en que quedaba pendiente la redacción de<br />

los textos legales, y se está trabajando en conjunto, pero hubo artículos<br />

cuyas redacciones quedaron incluidas, algunos de la ley general de<br />

Educación y claramente las tres enmiendas que el Gobierno incorporó en el<br />

Senado a la ley de subvención preferencial.<br />

La modificación al artículo 6º, tanto en cuanto a la selección como a<br />

la exclusión, y el artículo undécimo transitorio, forman parte del acuerdo<br />

político ya redactado y fueron firmados por los presidentes de los partidos<br />

de la Concertación. Por lo tanto, forman parte integral del acuerdo político.<br />

Nuestros senadores retiraron las indicaciones que habían presentado<br />

para enmendar y mejorar el proyecto, debido a que se había logrado un<br />

acuerdo que solucionaba de manera global, y a nosotros nos dejaba<br />

conforme, el tema educacional.<br />

Vamos a votar a favor las enmiendas del Senado, y celebramos que<br />

se hayan incorporado por parte del Gobierno los tres artículos ya acordados<br />

en el acuerdo político.<br />

El primero es para acomodar los procesos de selección.<br />

Efectivamente, el artículo 6º, como quedó regulado en el proyecto de<br />

subvención preferencial, se hace cargo de lo que acordamos en el texto de<br />

la ley general de Educación, que entre primero y sexto básico siempre se<br />

podrá seleccionar por proyecto educativo. El único criterio que se excluye de<br />

la selección es el mérito académico y tampoco se pueden pedir los<br />

antecedentes socioeconómicos de la familia. Pero todo el resto de los<br />

criterios de selección, que obviamente no constituyen discriminación<br />

arbitraria porque está prohibido por la Constitución, que digan relación con<br />

los proyectos educativos propios de las escuelas, están permitidos<br />

expresamente.<br />

En segundo lugar, se acomodó la norma de exclusión. En tercer<br />

lugar, se incorpora la norma transitoria, que quedó redactada en los<br />

términos propuestos y forma parte del acuerdo político, y así firmado por<br />

todos los presidentes de los partidos y no solamente por el Gobierno y por<br />

los partidos de la Alianza.<br />

Ahora, llama la atención las aprensiones manifestadas por la diputada<br />

señora Tohá y el diputado señor González, respecto del artículo undécimo

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!