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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 350 de 1515<br />

PRIMER INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

que se ha exacerbado con la publicación de los resultados del SIMCE.<br />

Agregó que se ha incentivado a las escuelas a expulsar a los alumnos de<br />

bajo rendimiento, porque tienden a bajar sus resultados en las pruebas.<br />

Estos comportamientos, continuó, se han provocado porque el sistema de<br />

financiamiento y de control existente fomenta este tipo de conductas.<br />

Expresó que este proyecto de ley viene a corregir un error de diseño<br />

que fomentaba la segmentación social y espacial de las ciudades. Acotó que<br />

al entregar mayores recursos para la educación de los alumnos más<br />

vulnerables, en teoría, se compensaría su desigualdad de oportunidades,<br />

asumiendo el Estado su mayor costo de educación. Explicó que si el valor de<br />

la subvención preferencial es correcto, el promedio del rendimiento de los<br />

estudiantes con derecho a ella debería ser similar al del resto de los<br />

estudiantes. No obstante, precisó que los bajos rendimientos de los<br />

alumnos vulnerables podría mantenerse, debido a la baja calidad de las<br />

escuelas a que asisten y a la insuficiencia del monto asignado para<br />

compensar esta desigualdad.<br />

Refirió que este proyecto de ley busca hacerse cargo de las<br />

diferencias de calidad entre las escuelas y fortalecer al sistema de rendición<br />

de cuentas, dando mayor autonomía a las escuelas de mejor rendimiento y<br />

una mayor supervisión a las escuelas de menores resultados.<br />

Observó que el Ministerio de Educación debe avanzar prontamente en<br />

la creación de una Superintendencia de Educación, que otorgue garantías de<br />

calidad a todos los estudiantes que asisten a los establecimientos con<br />

financiamiento estatal. Acotó que debe asegurarse el derecho de los<br />

alumnos para aprender y que las normas e instituciones deben supeditarse<br />

a esta prerrogativa. Señaló que para alcanzar este gran objetivo se<br />

requerirá que la nueva institucionalidad contemple la posibilidad del<br />

Ministerio de Educación de cerrar e intervenir a los establecimientos<br />

educacionales que infrinjan este derecho, especialmente en las escuelas<br />

rurales.<br />

Afirmó que el deterioro paulatino de las escuelas se debe a la<br />

aplicación de las reglas del mercado en la educación. Comentó que las<br />

escuelas pueden entrar en largos procesos de decadencia, en los cuales se<br />

produce un retiro masivo de sus alumnos, agravando sus problemas de<br />

calidad educativa.<br />

Bajo este contexto, expuso que es fundamental que esta iniciativa de<br />

ley incorpore medidas tendientes a garantizar la calidad de la educación.<br />

Por el contrario, argumentó que deben fortalecerse y complementarse estas<br />

medidas con la creación de una Superintendencia de Educación.<br />

Por otra parte, explicó que podrían mantenerse los bajos<br />

rendimientos de los alumnos vulnerables por el denominado efecto “pares”,<br />

por el cual se entiende que los resultados académicos de estos alumnos no<br />

sólo dependen de las circunstancias individuales de cada uno, sino también<br />

de su entorno y comunidad. Comentó que algunas investigaciones recientes

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