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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 352 de 1515<br />

PRIMER INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

La Presidenta de la Sociedad de Instrucción Primaria (SIP)<br />

Red de Colegios, señora Patricia Matte, expuso que la Corporación que<br />

representa es una sociedad sin fines de lucro, fundada en 1856 y que<br />

cuenta con 17 colegios en la ciudad de Santiago a los cuales asisten<br />

alrededor de unos 18.000 alumnos. Informó, también, que los resultados<br />

que han obtenido en la prueba SIMCE son notablemente superiores a los<br />

obtenidos por los colegios subvencionados y municipales y que el costo<br />

promedio por alumno de sus colegios asciende a 38.000 pesos.<br />

Enseguida, expresó que comparte la necesidad de otorgar una<br />

subvención preferencial a los alumnos prioritarios, para que así se les<br />

permita acceder a colegios con buenos resultados. Asimismo, arguyó que<br />

era fundamental poner atención en los resultados educativos de los colegios<br />

y de los alumnos prioritarios y sostuvo que es necesario exigir una rendición<br />

de cuentas en base a los resultados obtenidos a los sostenedores. También,<br />

señaló que es necesario establecer la obligación de los establecimientos de<br />

informar a la comunidad, especialmente a los apoderados, del desempeño<br />

educativo de los colegios.<br />

Por otra parte, manifestó su disconformidad con el hecho de que esta<br />

iniciativa de ley se centre más en la escuela que en el alumno, ya que son<br />

éstas las que se clasifican y las que reciben los recursos. También, declaró<br />

que no corresponde asociar la subvención preferencial con la rendición de<br />

cuentas, porque se trata de temas distintos que deben ser abordados en<br />

proyectos diversos. A su vez, reparó en la excesiva intervención del<br />

Ministerio de Educación en la gestión de los colegios, porque se tendería a<br />

diluir la responsabilidad frente al fracaso. Agregó que no todas las<br />

participaciones del Ministerio de Educación han demostrado buenos<br />

resultados y que prevé que este proyecto de ley aumentará la burocracia y<br />

los costos, pero no logrará mejorar los resultados. Precisó que no comparte<br />

la exigencia de llevar una contabilidad paralela para esta subvención<br />

preferencial, porque esto involucra un altísimo costo para los<br />

establecimientos. Agregó que le parece excesivo que las escuelas tengan<br />

que llevar un libro diario de ingresos y de gastos y una rendición detallada<br />

de cuentas por alumno.<br />

Luego, indicó que falta un análisis más profundo del cálculo del<br />

monto de la subvención preferencial y que se considere que existen<br />

diversos costos para educar a los alumnos que tienen distintos grados de<br />

vulnerabilidad. Agregó que al entregar la subvención al establecimiento y no<br />

al alumno se restringen las alternativas de elección de los alumnos.<br />

Con respecto al sistema de selección y de retención de los alumnos<br />

que impone este proyecto de ley, señaló que si bien comparte el principio<br />

rector de esta norma, considera que la libre entrada atenta contra el<br />

proyecto educativo de la corporación educacional que representa, porque<br />

para que un alumno pueda ingresar a esta red de colegios los apoderados<br />

deben aprobar el proyecto educativo de la Sociedad de Instrucción Primaria.

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