07.05.2013 Views

LEY Nº 20248 - Ley Chile

LEY Nº 20248 - Ley Chile

LEY Nº 20248 - Ley Chile

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 941 de 1515<br />

INFORME COMISIÓN HACIENDA<br />

“Durante los tres primeros meses posteriores a la<br />

incorporación de un establecimiento educacional al régimen de subvención<br />

escolar preferencial, el monto de dicha subvención se determinará<br />

multiplicando el valor que corresponda conforme al artículo 14 por el<br />

número de alumnos prioritarios matriculados en el establecimiento<br />

multiplicado por el porcentaje de la asistencia media promedio de todos los<br />

alumnos del establecimiento, de los niveles incorporados a la subvención<br />

preferencial, durante los tres meses precedentes a cada pago. Si éstos<br />

correspondiesen a meses no comprendidos en el año escolar o al primer<br />

mes del año referido, para efectos de determinar dicha asistencia media se<br />

empleará el procedimiento establecido en el inciso segundo del artículo 13<br />

del Decreto con Fuerza de <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 2, de 1998, del Ministerio de Educación.<br />

No obstante lo señalado en el inciso anterior, la<br />

subvención escolar preferencial de los tres primeros meses posteriores a la<br />

incorporación del establecimiento educacional al régimen de subvención<br />

escolar preferencial será reliquidada conjuntamente con el pago de la del<br />

mes siguiente utilizando para su cálculo definitivo el promedio de las<br />

asistencias medias de los alumnos prioritarios registradas en esos tres<br />

meses. Las diferencias de subvención escolar preferencial que se produjeren<br />

del ajuste señalado serán pagadas o descontadas sin cargo alguno en el<br />

mes del año escolar antes aludido.”. (Unanimidad 4x0. Indicación<br />

número 102x).<br />

Párrafo 2º<br />

Intercalar, en el título de este Párrafo, entre la<br />

frase “con evaluación del Ministerio de Educación o” y la voz “Entidades”,<br />

las palabras “de Personas o”. (Unanimidad 3x0. Artículo 121, inciso<br />

final, del Reglamento del Senado<br />

ARTÍCULO 17<br />

Inciso tercero<br />

Suprimir, a continuación de las palabras “logros académicos”,<br />

la frase “de los alumnos calificados como prioritarios”. (Unanimidad 3x0.<br />

Indicación número 113x).<br />

Párrafo 3º<br />

Intercalar, en el título de este Párrafo, entre la frase “de parte del<br />

Ministerio de Educación o” y la voz “Entidades”, las palabras “de Personas<br />

o”. (Unanimidad 3x0. Artículo 121, inciso final, del Reglamento del<br />

Senado).<br />

ARTÍCULO 18<br />

Eliminar, en su encabezamiento, las palabras “algunos de”.<br />

(2x1. Indicación número 116x).

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!