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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 681 de 1515<br />

SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

La Ficha Escolar será distribuida a los respectivos establecimientos<br />

educacionales, y será obligación de éstos su entrega a los padres y<br />

apoderados y también a los postulantes al establecimiento.<br />

La información a que se refiere el inciso precedente estará siempre a<br />

disposición de cualquier interesado.<br />

Artículo 66.- El Ministerio de Educación, de acuerdo a la información<br />

contenida en la base de datos a que se refiere el artículo 64, deberá<br />

clasificar a todos los establecimientos subvencionados del país, participen o<br />

no en el Régimen de Subvención Preferencial, según los estándares y<br />

categoría fijadas de conformidad a ellos, en los términos previstos en la ley<br />

orgánica constitucional de Enseñanza.<br />

La resolución que clasifique a los establecimientos educacionales será<br />

dictada por el Secretario Regional Ministerial de Educación correspondiente.<br />

De dicha resolución podrá apelarse ante el Subsecretario de<br />

Educación, en un plazo de 15 días contado desde la notificación de la<br />

resolución que determina la categoría en que es clasificado un<br />

establecimiento educacional.”.<br />

El Presidente de la Comisión, Honorable<br />

Senador señor Ruiz-Esquide declaró inadmisible la indicación<br />

número 221, según lo dispuesto en los incisos tercero y séptimo del<br />

artículo 118 del Reglamento del Senado, porque plantea crear una<br />

base de datos, lo que involucra nuevos gastos para el Estado y<br />

concede nuevas atribuciones al Ministerio de Educación.<br />

La indicación número 222, de S.E. la señora Presidenta de la<br />

República, para sustituir, en el inciso primero del artículo 66 propuesto, la<br />

expresión “artículo 8º” por “artículo 10”.<br />

El Jefe de la División Jurídica del<br />

Ministerio de Educación explicó que esta indicación soluciona un error de<br />

referencia normativa.<br />

En votación la indicación número 222, es aprobada por la<br />

unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables<br />

Senadores señores Muñoz Aburto, Núñez y Ruiz-Esquide.<br />

La indicación número 223, de los Honorables Senadores señores<br />

Cantero, Chadwick y Coloma, para consultar el siguiente artículo nuevo:<br />

“Artículo… .- Introdúcese la siguiente modificación al decreto con<br />

fuerza de ley <strong>Nº</strong> 2, del Ministerio de Educación, de 1998:<br />

Intercálase, a continuación del Párrafo 8º del Título III, el siguiente<br />

Párrafo 9º, nuevo:

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