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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 205 de 1515<br />

DISCUSIÓN EN SALA<br />

Por eso, este proyecto aborda, precisamente, los dos grandes<br />

problemas que afectan a la educación y que el Ministerio de Educación no<br />

podía resolver porque no tenía las facultades ni las herramientas legales<br />

para hacerlo.<br />

En primer lugar, el financiamiento. Aquí debemos remitirnos a la ley<br />

de subvenciones. Lamentablemente, hoy se entregan más recursos a<br />

quienes presentan menos problemas y vulnerabilidad. Es decir, el mundo al<br />

revés, porque va en desmedro de los más pobres que, a pesar de tener más<br />

problemas para educarse, reciben menos recursos, lo que no les permiten<br />

salir del círculo de la pobreza. Hoy se entrega una subvención plana, que<br />

genera efectos perversos porque es doblemente discriminatoria: los más<br />

pobres, que necesitan más, reciben menos y, además, las escuelas<br />

excluyen a los más pobres porque no son un buen negocio. El principal<br />

instrumento para marginarlos ha sido el financiamiento compartido, que<br />

introdujo el lucro en nuestra educación. Obviamente, cuando los padres van<br />

a una escuela y les dicen que tienen que pagar 15, 20, 30 ó 35 mil pesos<br />

adicionales a la subvención del Estado, les están diciendo que se vayan a<br />

otro establecimiento. Por cierto, esto es claramente injusto y genera<br />

inequidad en la educación.<br />

En segundo lugar, la Derecha -lo que también es grave, y en esto<br />

creo que se ha equivocado una vez más- confunde autonomía con el<br />

derecho a hacer cualquier cosa, negándole al Estado el derecho a controlar<br />

la forma en que se gastan los recursos que entrega a la educación. Por eso,<br />

el proyecto se preocupa del funcionamiento de las escuelas, porque, en la<br />

actualidad, a los establecimientos educacionales municipales y particulares,<br />

que son financiados por el Estado, no se les exige calidad en la educación<br />

que imparten. Esto es claramente un contrasentido, desde el punto de vista<br />

de la esencia de las políticas públicas. Si el Estado aporta recursos, tiene la<br />

obligación de garantizar a quienes entregaron esos recursos, vía impuestos,<br />

que lo que está haciendo con ellos es avanzar hacia un país más justo, que<br />

garantice una educación de calidad para todos los chilenos.<br />

Ahora, quiero ir a un punto que considero importante y que siempre<br />

es manejado por la Oposición, tanto en comisiones como en la Sala. Para<br />

impedir que el Ministerio de Educación regule, controle, supervigile o<br />

acompañe a los establecimientos educacionales en el proyecto educativo -<br />

esto debe entenderse como una ventaja- dicen que ello atenta contra la<br />

libertad de enseñanza. Quiero decir que no se puede entender como<br />

libertad de enseñanza la imposibilidad del Estado de controlar la forma en<br />

que los sostenedores gastan los recursos. Dicho de otro modo, el Estado no<br />

puede seguir entregando recursos para que las escuelas seleccionen,<br />

excluyan o discriminen a los alumnos por sus características externas. Eso<br />

es lo que está ocurriendo hoy.<br />

Por eso, el proyecto en discusión entrega recursos adicionales a los<br />

alumnos más vulnerables, como una manera de terminar con la subvención<br />

plana, y entrega incentivos para que las escuelas retengan a los alumnos<br />

prioritarios. Comparto lo que decía el diputado González, en cuanto a que<br />

en el futuro tendremos que buscar fórmulas y nuevos incentivos que<br />

signifiquen más recursos a las escuelas que tengan un porcentaje más alto<br />

de alumnos prioritarios.<br />

Por otro lado, está muy bien que el proyecto entregue flexibilidad al<br />

Ministerio de Educación para que califique a los alumnos prioritarios, de<br />

manera que no se considere sólo a los que están en el Programa <strong>Chile</strong>

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