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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 545 de 1515<br />

SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

2.6. Segundo Informe Comisión de Educación.<br />

Senado. Fecha 26 de julio, 2007. Cuenta en Sesión 58, Legislatura 355.<br />

Honorable Senado:<br />

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE<br />

EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y<br />

TECNOLOGÍA, recaído en el proyecto de ley, en<br />

segundo trámite constitucional, que establece una<br />

subvención escolar preferencial para niños y niñas<br />

socio-económicamente vulnerables.<br />

BOLETÍN <strong>Nº</strong> 4.030-04<br />

________________________________________<br />

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y<br />

Tecnología tiene el honor de someter a vuestra consideración su segundo<br />

informe relativo al proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite<br />

constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. la Presidente de la República,<br />

con urgencia calificada de “simple”.<br />

A una o más de las sesiones en que la Comisión<br />

estudió esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros, el<br />

Honorable Diputado señor Carlos Montes Cisternas.<br />

En representación del Ministerio de Educación, la<br />

Ministra, señora Yasna Provoste; la Subsecretaria, señora Pilar Romaguera;<br />

el Jefe de la División Jurídica, señor Rodrigo González; la Jefa de la División<br />

de Educación General, señora Mónica Luna; el Jefe de la Unidad Currículo y<br />

Evaluación, señor Pedro Montt; la Abogada de la División Jurídica, señora<br />

Misleya Vergara, el asesor de la Subsecretaria, señor Rodrigo Díaz y los<br />

periodistas del mismo Ministerio, señoras Mallarí Nahuel y Patricia Armingol;<br />

el asesor de la Ministra de Educación, señor Eduardo Escalante.<br />

Del Ministerio de Hacienda, la Asesora de la<br />

Subsecretaría, señora Tania Hernández y de la Dirección de Presupuestos,<br />

Sector Educación, el señor José Espinoza.<br />

Del Instituto Libertad y Desarrollo, la abogado<br />

señora Paula Pinedo.<br />

- - -<br />

NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL<br />

Os hacemos presente que<br />

deben aprobarse como normas de carácter orgánico constitucional<br />

los artículos 6°, letra b), 7° letra f); 27 inciso tercero y 36, <strong>Nº</strong> 6,

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