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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 639 de 1515<br />

SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

del artículo 18, recibiendo del Ministerio de Educación los dos tercios<br />

restantes una vez que sea aprobado el Plan de Mejoramiento Educativo,<br />

pagándose éste último con efecto retroactivo calculado desde el mes<br />

siguiente al acto de aprobación del convenio a que se refiere el artículo 7º.”.<br />

La indicación número 128, de los Honorables Senadores señores<br />

Cantero y Chadwick, para sustituir, en su inciso quinto, la frase “un plan<br />

aprobado por el Ministerio de Educación” por “el plan a que se refiere el<br />

artículo 7º de esta ley”.<br />

El Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Educación<br />

señaló que en el caso de los establecimientos autónomos, éstos tienen<br />

plena independencia para elaborar su Plan, debiendo informar de su<br />

contenido al Ministerio de Educación. En cambio, continuó, en el caso de los<br />

establecimientos emergentes, si bien también tienen autonomía para su<br />

confección, éstos deben contar con la aprobación del Ministerio de<br />

Educación para su aplicación.<br />

Con respecto a los establecimientos en recuperación, informó que<br />

éstos prácticamente no tienen ninguna autonomía para confeccionar su Plan<br />

de Mejoramiento Educativo, puesto que éste debe ser elaborado por un<br />

equipo tripartito conformado por un representante del Ministerio de<br />

Educación, por el sostenedor o quién éste designe, y por una entidad<br />

externa con capacidad técnica en la materia.<br />

Bajo este contexto, instó a los miembros de la Comisión a rechazar la<br />

presente indicación.<br />

En votación la indicación número 128, se rechaza por tres<br />

votos en contra y dos a favor. Votan en contra los Honorables<br />

Senadores señores Letelier, Núñez y Ruiz-Esquide. A favor votan los<br />

Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick.<br />

La indicación número 129, de los Honorables Senadores señores<br />

Cantero y Chadwick, en subsidio de la indicación número 128, para<br />

reemplazar, en su inciso quinto, las palabras “aprobado por el” por<br />

“notificado al”.<br />

El Honorable Senador señor Chadwick explicó que la idea de esta<br />

indicación es evitar que el Ministerio de Educación pueda formular<br />

observaciones al Plan de Mejoramiento Educativo elaborado por el<br />

sostenedor de una establecimiento educacional calificado como emergente.<br />

En votación la indicación número 129, se rechaza por tres<br />

votos en contra y dos a favor. Votan en contra los Honorables<br />

Senadores señores Letelier, Núñez y Ruiz-Esquide. A favor votan los<br />

Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick.

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