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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 357 de 1515<br />

PRIMER INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

reciben aportes del Estado y no restringirlo a quienes perciban la<br />

subvención preferencial. Por otra parte, precisó que el Estatuto Docente<br />

genera una incapacidad para crear una adecuada política para los docentes,<br />

por tal motivo señaló que se requiere con urgencia revisar el texto legal del<br />

Estatuto Docente en otro proyecto de ley.<br />

La señora Subsecretaria aclaró que las estimaciones de los costos<br />

de la subvención preferencial se han hecho únicamente por el Ministerio de<br />

Educación y destacó que el Estado aportará para la educación de un alumno<br />

prioritario la subvención normal, ascendente a unos 32.000 pesos, más esta<br />

subvención preferencial que corresponde a 18.000 pesos. Por tanto, el<br />

Estado entregará unos 50.000 pesos para que los niños en condición de<br />

vulnerabilidad puedan educarse en un plano de igualdad.<br />

El Honorable Senador señor Ruiz-Esquide reflexionó acerca de la<br />

conveniencia de entregar la subvención por alumno o por escuela y enfatizó<br />

sobre la necesidad de dignificar la carrera docente. Agregó que el Ejecutivo<br />

debe vincular este proyecto de ley con las futuras reformas estructurales<br />

que se presentarán al Parlamento en el mes de abril de este año.<br />

Enseguida, requirió información sobre la ejecución de los proyectos que se<br />

han implementado por el Ministerio de Educación en los últimos años,<br />

especialmente de la JEC y del Plan 900.<br />

Por otra parte, indicó que se debe definir quién administrará la<br />

educación chilena y si se mantendrá el sistema municipalizado. Señaló que<br />

se debe decidir si esta iniciativa tiene por objeto consolidar el sistema<br />

público o mantener el actualmente vigente.<br />

Observó que falta determinar si este apoyo monetario beneficiará<br />

sólo a los alumnos o también favorecerá a los establecimientos<br />

educacionales. En materia de montos, precisó que falta conocer todos los<br />

costos de referencia para fijar el monto de esta subvención preferencial.<br />

Advirtió que también se deberán destinar recursos para la evaluación<br />

docente y para reponer a los profesores que se acojan al sistema de<br />

despido voluntario.<br />

El Honorable Senador señor Navarro precisó que se deben<br />

considerar todos los posibles supuestos de la aplicación de este proyecto de<br />

ley y fijar un plazo para medir sus resultados. Asimismo, indicó que se<br />

deben compatibilizar todas las incidencias que tendrá esta iniciativa con los<br />

proyectos de ley que reestructurarán a la educación chilena. Por otra parte,<br />

manifestó sus dudas respecto de la voluntad de los alcaldes de continuar<br />

administrando la educación pública y solicitó información sobre los<br />

resultados de los programas JEC, Montegrande y Plan 900.<br />

El Honorable Senador señor Chadwick señaló que apoya la idea<br />

matriz de este proyecto de ley. No obstante, acotó que percibe que<br />

fomentará la segregación social, ya que mantiene la tendencia de que los<br />

más pobres tengan que educarse en los colegios municipalizados. Luego,

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