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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 625 de 1515<br />

SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

El Honorable Senador señor Navarro opinó que la educación debe<br />

ser un factor de desarrollo social y como tal debe implementarse un sistema<br />

de educación que busque esta finalidad. Asimismo, declaró que no comparte<br />

aumentar los recursos de un sistema que comprobadamente se encuentra<br />

fracasado. Bajo este contexto, consideró que este proyecto de ley está mal<br />

enfocado, porque no modifica la actual modalidad de administración de los<br />

recursos destinados a la educación. Arguyó que falta una mayor<br />

fiscalización de los recursos entregados.<br />

La señora Ministra destacó que esta iniciativa de ley busca mejorar<br />

la calidad de la educación de todos los niños vulnerables, mediante la<br />

suscripción de un Convenio entre el Ministerio de Educación y el<br />

establecimiento educacional que adscriba este nuevo régimen.<br />

Por otra parte, indicó que no comparte la idea de que este proyecto<br />

de ley entregue más recursos a cambio de nada, ya que éste plantea<br />

implementar un sistema de rendición de cuentas de los recursos entregados<br />

en materia educacional por el Estado, que tienda a transparentar los<br />

ingresos y gastos de los sostenedores que perciben la subvención<br />

preferencial.<br />

El Honorable Senador señor Letelier solicitó antecedentes sobre<br />

las proyecciones que tiene el Ministerio de Educación de los niños<br />

prioritarios y de los colegios que podrían suscribir el Convenio de Igualdad<br />

de Oportunidades y Excelencia Educativa. Enseguida, consultó cuánto<br />

recibirá un colegio particular subvencionado que no adscriba al régimen de<br />

la subvención preferencial.<br />

El Jefe del Sector de la Dirección de Presupuestos respondió que<br />

estos establecimientos recibirán un aporte aproximado de 40.000 pesos.<br />

El Honorable Senador señor Letelier estimó excesiva esta cifra, ya<br />

que se trata de establecimientos que gozan de financiamiento compartido y<br />

que no han suscrito el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia<br />

Educativa.<br />

El Honorable Senador señor Chadwick, por una parte, consideró<br />

que en este caso sería más apropiado modificar la <strong>Ley</strong> de Subvenciones que<br />

crear una nueva <strong>Ley</strong> de Subvención Preferencial, a objeto de dar una visión<br />

más global de la materia. Por otra parte, reparó que esta iniciativa de ley<br />

está privilegiando a las escuelas rurales, siendo que no son los<br />

establecimientos educacionales que han obtenido los peores resultados en<br />

las evaluaciones nacionales.<br />

La señora Ministra informó que este proyecto de ley modifica la<br />

modalidad de entrega de la subvención escolar, con la creación de una<br />

subvención diferenciada, que intenta superar las inequidades que ha<br />

producido la subvención normal.

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