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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 754 de 1515<br />

BOLETÍN DE INDICACIONES<br />

Suprimir el inciso tercero de esta letra.<br />

29.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, en<br />

subsidio de la indicación <strong>Nº</strong> 28, en el inciso segundo de esta letra b):<br />

Suprimir la frase “su rendimiento escolar pasado o potencial”.<br />

Reemplazar la frase “el estado civil, escolaridad o religión de los<br />

padres” por “el estado civil o escolaridad de los padres”.<br />

Suprimir la frase “o, en última instancia, por sorteo”.<br />

En el inciso tercero de la letra b), intercalar, a continuación de la<br />

palabra “matriculados”, la frase “, sea hijo de un ex alumno,”.<br />

30.- Del Honorable Senador señor Núñez, para reemplazar, en el inciso<br />

primero de la letra b), la expresión “4º año” por 8º año”.<br />

31.- Del Honorable Senador señor Navarro, para sustituir la oración final<br />

del inciso segundo de la letra b) por la siguiente: “En ese caso las<br />

vacantes sólo podrán asignarse por prioridad familiar o, en última<br />

instancia, aplicando criterios y mecanismos establecidos y<br />

publicitados con antelación.”.<br />

32.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, para<br />

agregar, a la letra b), el siguiente inciso nuevo:<br />

“Con todo, el establecimiento se reserva la facultad de expulsar al<br />

alumno cuando éste realice conductas o incurra en actuaciones que<br />

sean abiertamente contrarias al Proyecto Educativo y a su reglamento<br />

interno.”.<br />

33.- Del Honorable Senador señor Horvatrh, par agregar a esta letra el<br />

siguiente inciso nuevo:<br />

“El presente requisito no se aplicará a los establecimientos<br />

catalogados como autónomos conforme lo prescrito 9º de la presente<br />

ley.”.<br />

letra c)<br />

34.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, para<br />

reemplazarla por la siguiente:<br />

“c) Informar a los postulantes al establecimiento y a los padres y<br />

apoderados sobre el proyecto educativo y su reglamento interno.<br />

Los padres y apoderados de los alumnos postulantes que opten por<br />

un establecimiento educacional, deberán aceptar por escrito el<br />

proyecto educativo o ideario del establecimiento educacional.”.

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