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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 671 de 1515<br />

SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

b) El incumplimiento de dos o más de los compromisos adicionales<br />

establecidos en el artículo 18 para los establecimientos educacionales<br />

emergentes, y<br />

c) El incumplimiento de dos o más de las obligaciones establecidas en<br />

el artículo 25 para los establecimientos educacionales en recuperación.<br />

Se considerarán infracciones graves:<br />

a) El incumplimiento reiterado de los requisitos establecidos en el<br />

artículo 6º y los compromisos esenciales asumidos con la firma del<br />

Convenio a que se refiere el artículo 7°;<br />

b) El incumplimiento reiterado de los compromisos adicionales<br />

establecidos en el artículo 18 para los establecimientos educacionales<br />

emergentes, y<br />

c) El incumplimiento reiterado de las obligaciones establecidas en el<br />

artículo 25 para los establecimientos educacionales en recuperación.”.<br />

El Honorable Senador señor Chadwick señaló<br />

que esta indicación propone una graduación de las sanciones que se pueden<br />

aplicar por la infracción a la presente ley.<br />

La señora Ministra sostuvo que no comparte el<br />

sentido de esta indicación, porque esta graduación ya está regulada en la<br />

<strong>Ley</strong> de Subvenciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado<br />

consta en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1998, del Ministerio de<br />

Educación.<br />

El Jefe de la División Jurídica del Ministerio<br />

de Educación recordó que el artículo 50 de la <strong>Ley</strong> de Subvenciones<br />

establece un sistema de graduación de infracciones menos graves y graves<br />

y advirtió que el encabezado del artículo 33 del texto del proyecto de ley<br />

aprobado en general por el Senado se remite a este artículo. Bajo este<br />

contexto, arguyó que esta indicación es innecesaria.<br />

El Jefe de la Unidad de Currículum y<br />

Evaluación del Ministerio de Educación comentó que este artículo<br />

agrega nuevas sanciones a las ya contempladas en el artículo 50 de la <strong>Ley</strong><br />

de Subvenciones.<br />

En votación la indicación número 206, es<br />

rechazada por tres votos en contra y uno a favor. Votan en contra<br />

los Honorables Senadores señores Muñoz Aburto, Núñez y Ruiz-<br />

Esquide. Vota a favor el Honorable Senador señor Chadwick.<br />

La unanimidad de los miembros presentes de<br />

la Comisión acordaron, con el fin de mejorar la redacción del<br />

encabezado del artículo 33 del texto del proyecto de ley aprobado

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