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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 549 de 1515<br />

SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

La indicación número 2, del Honorable Senador<br />

señor Núñez, propone intercalar en el artículo primero, a continuación de la<br />

palabra “subvencionados”, el vocablo “municipales”.<br />

El Honorable Senador señor Letelier planteó complementar<br />

la indicación del Honorable Senador señor Núñez, en el sentido de restringir<br />

este beneficio sólo a los establecimientos educacionales que no tengan fines<br />

de lucro.<br />

El Honorable Senador señor Chadwick reparó que con esta<br />

indicación se atenta contra la igualdad ante la ley. De aprobarse, estimó<br />

que se estarían excluyendo a todos los alumnos prioritarios que asisten a<br />

los establecimientos educacionales particulares subvencionados. Afirmó que<br />

esta indicación es inconstitucional, porque todos los niños prioritarios tienen<br />

igual derecho a este beneficio.<br />

El Honorable Senador señor Ruiz-Esquide declaró que esta<br />

indicación no es inconstitucional, porque el legislador está autorizado para<br />

establecer distinciones respecto de las personas que no están en las mismas<br />

condiciones. En este sentido, expuso que no existe una arbitrariedad.<br />

Luego, el Honorable Senador señor Chadwick sugirió votar todas<br />

las indicaciones formuladas al presente proyecto de ley “ad referéndum”,<br />

con el objeto de tener la posibilidad de reabrir el debate respecto de las<br />

mismas una vez terminada la votación, lo cual la Comisión acordó por<br />

unanimidad.<br />

El Honorable Senador señor Letelier retiró su propuesta de<br />

modificar la indicación número 2, reemplazando el término “municipal” por<br />

la frase “sin fines de lucro”.<br />

Por su parte, el Honorable Senador señor Cantero observó que el<br />

único beneficiario de esta subvención es el alumno prioritario y no los<br />

establecimientos educacionales, ni los sostenedores de los mismos.<br />

Asimismo, señaló que esta indicación discrimina arbitrariamente en contra<br />

de los niños vulnerables que asisten a los colegios particulares<br />

subvencionados, por tal motivo hizo reserva de constitucionalidad respecto<br />

de esta indicación.<br />

Puesta en votación la indicación número 2,<br />

tal como la presentara el Honorable Senador señor Núñez, se<br />

aprobó por tres votos a favor y dos en contra. Votaron a favor los<br />

Honorables Senadores señores Letelier, Muñoz Aburto y Ruiz-<br />

Esquide y en contra los Honorables Senadores señores Cantero y<br />

Chadwick.<br />

A continuación, el Honorable Senador señor Chadwick advirtió<br />

que con este resultado se modifica sustancialmente la idea matriz de esta<br />

iniciativa de ley.

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