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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 761 de 1515<br />

BOLETÍN DE INDICACIONES<br />

70.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, para<br />

suprimir la frase “con evaluación del Ministerio de Educación o<br />

Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo registradas”.<br />

letra b)<br />

71.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, para<br />

suprimir la frase “con apoyo a la Dirección del establecimiento de<br />

parte del Ministerio de Educación o Entidades Pedagógicas y Técnicas<br />

de Apoyo registradas”.<br />

letra c)<br />

72.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, para<br />

suprimir la frase “con apoyo integral a su desarrollo y<br />

funcionamiento por parte del Ministerio de Educación o Entidades<br />

Pedagógicas y Técnicas de Apoyo registradas”.<br />

73.- De S.E. la señora Presidenta de la República, para agregar, al inciso<br />

segundo del artículo, la siguiente oración: “No obstante lo anterior, la<br />

clasificación de los establecimientos educacionales será revisada al<br />

menos cada cuatro años por el Ministerio de Educación.”.<br />

74.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, para<br />

reemplazar el inciso final del artículo por el siguiente:<br />

“Los establecimientos educacionales nuevos se considerarán para los<br />

efectos de esta ley como establecimientos educacionales emergentes,<br />

debiendo variar su calificación luego de haber rendido la primera<br />

evaluación periódica a la que se refiere el artículo 21 del decreto con<br />

fuerza de ley <strong>Nº</strong> 1, de 2005, del Ministerio de Educación, que fija el<br />

texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley <strong>Nº</strong> 18.962,<br />

Orgánica Constitucional de Enseñanza 19 de la ley <strong>Nº</strong> 18.962.”.<br />

ARTÍCULO 10<br />

75.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, para<br />

suprimirlo.<br />

76.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, en<br />

subsidio de la indicación <strong>Nº</strong> 75, para reemplazarlo por el siguiente:<br />

“Artículo 10.- Los estándares nacionales para la calificación de los<br />

resultados educativos a que se refiere el artículo anterior serán<br />

establecidos en la ley orgánica constitucional de Enseñanza.”.<br />

77.- De los Honorables Senadores señores Cantero y Chadwick, en<br />

subsidio de la indicación <strong>Nº</strong> 76, para suprimir, en el inciso primero, la<br />

frase “y los criterios específicos”, para reemplazar la frase “decreto

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