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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 815 de 1515<br />

números 1, 2 y 3.<br />

INFORME COMISIÓN HACIENDA<br />

Sobre este artículo recayeron las indicaciones<br />

La indicación número 1, de los Honorables<br />

Senadores señores Cantero y Chadwick, para reemplazar la frase “de los<br />

establecimientos” por “de los alumnos prioritarios de los establecimientos”.<br />

El Honorable Senador señor Escalona sostuvo que, en su<br />

parecer, es más clara la redacción del texto aprobado en general por el<br />

Senado.<br />

La Subsecretaria de Educación expresó que, si bien la subvención<br />

preferencial se enfoca en los alumnos prioritarios, al Ministerio le interesa el<br />

mejoramiento de la calidad de la educación del establecimiento en su<br />

conjunto, como una unidad. Y en ese sentido, agregó, se han contemplado<br />

varias de las metas que se detallan a lo largo del proyecto.<br />

El Honorable Senador señor García señaló que lo que debe<br />

interesar es mejorar la calidad de educación de los alumnos, razón por la<br />

que se mostró de acuerdo con la indicación en análisis.<br />

La indicación número 1 fue rechazada por la<br />

Comisión, por dos votos contra uno. Votaron en contra los<br />

Honorables Senadores señores Escalona y Sabag, y a favor el<br />

Honorable Senador señor García.<br />

La indicación número 2, del Honorable Senador<br />

señor Núñez, para intercalar en el artículo primero, a continuación de la<br />

palabra “subvencionados”, el vocablo “municipales”.<br />

Esta indicación fue rechazada por la unanimidad de los<br />

miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores<br />

Escalona, García y Sabag.<br />

La indicación número 3, del Honorable Senador<br />

señor Orpis, para agregar, entre los colegios destinatarios, a los Particulares<br />

y Particulares Subvencionados.<br />

La Comisión no se pronunció sobre esta<br />

indicación, que fue declarada inadmisible en el segundo informe de<br />

la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.<br />

ARTÍCULO 2°

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