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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 358 de 1515<br />

PRIMER INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN<br />

insistió en que se debe transparentar y reformular el monto de esta<br />

subvención y compartió lo expuesto por el Honorable Senador señor<br />

Navarro en el sentido de que se requiere una visión amplia de parte del<br />

Ejecutivo sobre la armonización de este proyecto de ley con las reformas<br />

estructurales que se harán a la educación chilena.<br />

Por su parte, el Honorable Senador señor Núñez advirtió que se<br />

está legislando en un ambiente de crisis generalizado del sistema educativo<br />

chileno, en el cual existe apremio de parte de los alumnos, de los padres y<br />

de la sociedad en general. Enseguida, expuso que considera fundamental<br />

que el Ejecutivo establezca los objetivos estratégicos de la educación<br />

nacional de los próximos diez años y requirió información sobre las metas<br />

estratégicas propuestas en el ámbito educativo. También, consultó si el<br />

Ejecutivo ha sumido que se requiere de una transformación real de la<br />

educación nacional y propuso realizar un debate más profundo en el<br />

Parlamento sobre la educación chilena.<br />

El Honorable Senador señor Cantero reparó que este proyecto de<br />

ley tiene dos objetivos diversos que no se complementan, cuales son, -<br />

igualar las oportunidades educacionales de los alumnos más pobres e<br />

implementar un sistema de rendición de cuentas,- y estimó que esta<br />

dualidad de objetivos dificultará el éxito de esta iniciativa legal. Asimismo,<br />

señaló que el monto de esta subvención es insuficiente, considerando que<br />

en la mayoría de las audiencias recibidas se ha propuesto como monto<br />

mínimo para asumir los costos de la educación de un alumno la cifra de<br />

68.000 pesos. Por otra parte, dijo que mientras se mantenga la rigidez del<br />

Estatuto Docente será imposible mejorar la calidad de la educación.<br />

Agregó que este proyecto de ley busca aliviar la carga de los colegios<br />

municipalizados. No obstante, prevé que los buenos colegios no están<br />

interesados en participar en este sistema, ya que la norma entrega amplias<br />

prerrogativas al Ministerio de Educación para intervenir en su gestión<br />

educativa. Por otra parte, comentó que el proceso de rendición de cuentas<br />

debe centrarse en los resultados y no en los procesos. Bajo esta premisa,<br />

advirtió que los buenos colegios no deben ser obligados a someterse a un<br />

régimen de rendición de cuentas.<br />

Observó que esta iniciativa legal no logrará fomentar una integración<br />

social, porque mantiene la tendencia de que los alumnos más pobres<br />

tengan que ingresar al sistema municipalizado. Luego, sostuvo que antes de<br />

aprobar esta iniciativa legal el Ejecutivo debe dar a conocer todos los<br />

proyectos de ley que modifican los lineamientos generales y estructurales<br />

de la educación chilena.<br />

La señora Ministra de Educación destacó que este proyecto de ley<br />

no busca privilegiar a la educación municipalizada, ya que la idea central es<br />

igualar las oportunidades educativas de los niños más pobres y señaló que<br />

en el mes de abril del año en curso se presentarán al Parlamento el<br />

proyecto de ley que crea la Superintendencia de Educación y el que<br />

modifica a la <strong>Ley</strong> Orgánica Constitucional de Enseñanza.

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