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LEY Nº 20248 - Ley Chile

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Historia de la <strong>Ley</strong> <strong>Nº</strong> 20.248 Página 145 de 1515<br />

INFORME COMISION EDUCACIÓN<br />

educación parvularia y primer ciclo básico durante el primer año de su<br />

vigencia, pero a partir del segundo año, se deben incorporar en forma<br />

progresiva los restantes niveles del segundo ciclo básico.<br />

7. Para los efectos de esta ley, es importante usar la<br />

misma tipología de escuelas establecida y validada para el SIMCE. La única<br />

categoría especial debería ser la de escuelas críticas, que deberían ser las<br />

únicas obligadas a la contratación de asistencia técnica.<br />

8. El monto de la subvención preferencial es<br />

insuficiente, debiendo el Estado hacer un esfuerzo mayor para alcanzar un<br />

objetivo tan estratégico como es la calidad de la educación. Además, si<br />

queremos que las escuelas criticas sean asistidas técnicamente por<br />

personas competentes, debiera otorgárseles el 100% de la subvención.<br />

9. El rol del Mineduc debe restringirse a otorgar<br />

orientación y apoyo a los sostenedores que tengan mayor debilidad para<br />

formular sus planes de mejora, supervisar el cumplimiento de los convenios<br />

y dar asistencia a los sostenedores para reformular y efectuar ajustes a<br />

éstos.<br />

10. Es necesario establecer sanciones por<br />

incumplimiento de convenios, que vayan desde el cierre de un<br />

establecimiento, en los casos más graves, hasta la irrogación de<br />

responsabilidades personales de directivos y docentes.<br />

Finalmente, formuló las siguientes proposiciones,<br />

tendientes a perfeccionar la iniciativa.<br />

1. Entregar la subvención preferencial a todos los<br />

alumnos de kinder hasta 4º Básico el primer año, extendiéndola<br />

gradualmente a los de 5º a 8º básico a partir del segundo.<br />

2. Aumentar el monto de la subvención.<br />

3. Entregar el 100% de la subvención a las escuelas de<br />

NSE bajo; a las de NSE medio-bajo que tengan más de 50% de alumnos<br />

prioritarios, y a todas las consideradas críticas.<br />

4. Entregar el 50% de la subvención a las restantes<br />

escuelas de NSE medio-bajo y a las de NSE medio que tengan más de 25%<br />

de alumnos prioritarios.<br />

5. Aplicar la ley en proyecto a todos los colegios que no<br />

discriminen a sus alumnos.<br />

6. Que el plan de mejoramiento sea confeccionado por<br />

el sostenedor, en conjunto con los directivos y docentes de la escuela, y<br />

presentado a los padres y apoderados antes de su aprobación por el<br />

Mineduc.<br />

7. Establecer una instancia de apelación frente a las<br />

sanciones, cuando el sostenedor las considere injustas o desproporcionadas.<br />

8. Asegurar el financiamiento de los convenios por un<br />

periodo mínimo de cinco años renovables y permitir que sean ajustados<br />

durante su ejecución.<br />

* * * * *<br />

La señora Cristina Girardi (Alcaldesa de Cerro Navia)<br />

reseñó a su vez el desempeño de la municipalidad a su cargo en materia<br />

educacional y enfatizó la necesidad de solucionar el déficit estructural que<br />

afecta a todos los municipios del país en su calidad de sostenedores,<br />

producto de la aplicación del Estatuto Docente y la insuficiencia del monto<br />

actual de la subvención escolar, entre otras razones.

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